REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE
EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 16 de Enero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2010-006401
ASUNTO : WP01-P-2010-006401
ASUNTO : 2E-2749-2013

ABSOLUTOIRIA


Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano penado WILLYS RAMON SANCHEZ MENDOZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacid0 en fecha 27/04/1985 de 28 años de edad, hijo de Jhonny Sánchez (v) y de Mireya Mendoza (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.325.433, contra quien se siguió juicio por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION, ALEVOSIA Y POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 2º del Código Penal.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 119 al 128 de la Quinta pieza, del expediente Sentencia definitivamente firma que fue dictada por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Vargas, la misma fue publicada en fecha 16 de Diciembre de 2013, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano penado WILLYS RAMON SANCHEZ MENDOZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 27/04/1985 de 28 años de edad, hijo de Jhonny Sánchez (v) y de Mireya Mendoza (v), titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.325.433 dejando asentada su absolutoria.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano penado WILLYS RAMON SANCHEZ MENDOZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.325.433, absorbiéndolo de los cargos efectuados por el ministerio público, así como ORDENAR, excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-


DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano penado WILLYS RAMON SANCHEZ MENDOZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 27de Mayo de 1985 de 28 años de edad, hijo de Jhonny Sánchez (v) y de Mireya Mendoza (v), y titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.325.433, debido al acto de imputación efectuado en su contra por el Ministerio Público, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION, ALEVOSIA Y POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 2 del ambos del Código Penal.

Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano penado WILLYS RAMON SANCHEZ MENDOZA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-18.325.433.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,


ABG. ROSA LILIANA CARRERA





ASUNTO: WP01-P-2010-006401