REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Nro. 1.968 – 14 –1.896
CAPÍTULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Blanca Ermelina Zúñiga Estipa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.784.943, con el carácter de madre de: J.M.R.Z..
DIRECCIÓN: Al lado del Dispensario, casa sin número, Puerto Nuevo, Parroquia Emeterio Ochoa, Municipio Libertador del Estado Táchira.
DEMANDADO: Jordan José Rivas Quintero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 21.551.525, con el carácter de padre de: J.M.R.Z..
DIRECCIÓN: al lado del Liceo, casa sin número, La Pedrera, Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención
Causa Número: 1.968 – 14
Fecha de Entrada: 20 de febrero de 2014
CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 18 de febrero de 2014, comparecieron de manera voluntaria los ciudadanos: BLANCA ERMELINA ZÚÑIGA ESTIPA y JORDAN JOSÉ RIVAS QUINTERO, con el carácter de padres de: J.M.R.Z., quienes de mutuo acuerdo convinieron en fijar el monto de la obligación de manutención, así como la forma y oportunidad de pago de la misma.
En fecha 16 de septiembre de 2013, se admitió y se le dio entrada al acuerdo de fijación de obligación de manutención, establecido en fecha 14 de agosto de 2013, por ante este mismo Tribunal, entre los ciudadanos: BLANCA ERMELINA ZÚÑIGA ESTIPA y JORDAN JOSÉ RIVAS QUINTERO, en beneficio de: J.M.R.Z.. En tal oportunidad las partes, entre otros, expusieron:
Que fijan como obligación de manutención en la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000.00) mensuales… que el obligado se compromete en diciembre de cada año, a cubrir la totalidad de los gastos de fin de año… el padre cubrirá el 50% de los gastos médicos y medicinas...
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 18 de febrero de 2014, comparecieron de manera voluntaria ante este Tribunal, los ciudadanos: BLANCA ERMELINA ZÚÑIGA ESTIPA y JORDAN JOSÉ RIVAS QUINTERO , con el carácter de padres de: J.M.R.Z., quienes convinieron, en la fijación del monto de la obligación de manutención, asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 18 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Líbrese oficio a la Directora Administrativo del banco bicentenario, agencia Abejales, ordenando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana: BLANCA ERMELINA ZÚÑIGA ESTIPA, cuya beneficiaria es: J.M.R.Z., quedando facultada la titular para que movilice la cuenta bancaria sin presentar autorización por escrito de este Tribunal. Una vez consignado el respectivo número de la cuenta de ahorros, notifíquese al obligado.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de Manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veinte días del mes febrero de dos mil catorce. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza
Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario
Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez
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