En el día de hoy jueves, veinte (20) de Febrero de Dos Mil Catorce (2.014), siendo las 10:15 am, tal como fue acordado en el auto de ésta misma fecha, se traslado este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a cargo de la Jueza Ejecutora Abogada. Saida Yamilka Prada Chacón, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano. y se constituyó en un inmueble, signado con el N° 0-21, ubicado en calle 8, del Barrio las Flores, de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir con el exhorto procedente del Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial, librado en la solicitud de Inspección Judicial N° 3716-14, solicitada por la ciudadana: FLOR ESTER ROSALES VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.097.285,de estado civil soltera, con domicilio donde se constituyo éste Tribunal, asistida de las Abogadas en ejercicio, ciudadanas: NORELIS DEL VALLE CHACON ZAMBRANO y ADRIANA LUCIA PEREZ COLMENARES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N° V-8.103.135 y V-8.108.959, en su orden, inscritas en los Inpreabogado bajo los N° 48.098 y 58.061, en su orden, de éste domicilio. Acto seguido las solicitante, debidamente asistida de sus abogadas, supra identificadas, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue por éste Tribunal, expuso: “Solicito a éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se designe de practico, al ciudadano: ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.094.458, domiciliado en ésta Ciudad Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, en su carácter de topógrafo. Seguidamente éste Tribunal, visto lo solicitado por la peticionante y sus abogadas asistentes, arriba identificadas, acuerda nombrar y juramentar de practico al ciudadano: ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.094.458, de éste domicilio, quien estando presente en el sitio el Tribunal le tomo el juramento de Ley, expuso: “Acepto el nombramiento de experto y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo y para tomar las medidas de éste inmueble utilizare como herramienta una cinta métrica”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado en el presente acto, procede a situarse en el referido inmueble, a fin de dejar expresa constancia de los linderos y medida del mencionado inmueble. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, procede a dejar expresa constancia, usando la herramienta señalada de las medidas y linderos actuales del inmueble que nos ocupa, siendo: CABERA, FRENTE O NORTE: con la calle 8, mide treinta y siete metros con treinta centímetros (37,30 mts); PIE, FONDO O SUR: colinda con propiedad que fue de Bernardino Ramírez, hoy de María Teresa Rosales Santos y en parte con vereda, mide cuarenta metros con sesenta y cinco centímetros (40,65 mts), en línea quebrada; COSTADO DERECHO U OESTE: con propiedad hoy de José Alberto Duarte Duarte, mide ocho metros con setenta centímetros (8,70 mts); COSTADO IZQUERDO O ESTE: con propiedad que fue de Bernardino Ramírez hoy de Virgilio Alberto Guerrero Montilla, mide diez y seis metros con cincuenta centímetros, (16,50 mts). Se deja constancia que en el inmueble inspeccionado, se observa construida una vivienda multifamiliar, de una planta, compuesta por una casa de habitación, un apartamento y un terreno, a su vez la casa de habitación esta compuesta de seis (06) habitaciones, cuatro (04) salas de baño, sala, comedor, cocina, dos (02) áreas de lavandería, tres (03) pasillos de distribución, techo de acerolet y en parte techo de platabanda, pisos de cemento pulido, paredes frisadas y pintadas, con puertas metálicas; el Apartamento lo componen tres (03) habitaciones, sala, comedor y cocina, un (01) baño, área de lavandería y un pasillo que conduce al patio que se encuentra en el costado derecho del inmueble, techo de acerolet, pisos de cemento pulido, paredes frisadas y pintadas, con puertas metálicas. Acto seguido, el practico designado, ciudadano: ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ, supra identificado, expuso: “Ratifico en todas y cada una de sus partes el plano topográfico que se encuentra anexo al presente exhorto, por coincidir en todas y cada una de sus partes con la presente inspección, Es todo,” no siendo otro el objeto de este Tribunal, declara concluido este acto, se declara cumplida la inspección judicial ordenada por el Tribunal comitente y se acuerda dejar copia fotostática certificada de las actuaciones, para el archivo de éste Tribunal retornando a su sede natural, siendo las 12:40 pm. Se deja constancia que la dirección donde se constituyo a la realización de la Inspección Judicial, fue señalada por la solicitante y sus abogadas asistentes, supra identificadas. EL Tribunal, deja expresa constancia que el traslado, a la realización de éste acto, no generó ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación. Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

LA SOLICITANTE:

FLOR ESTER ROSALES VIVAS

ABOGADAS ASISTENTES DE LA SOLICITANTE:

ABG. NORELIS DEL VALLE CHACON ZAMBRANO

ABG. ADRIANA LUCIA PEREZ COLMENARES


EL PRACTICO

ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ


EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO ZAMBRANO Z.


EXHORTO N° 990/2.014.-

En el día de hoy jueves, veinte (20) de Febrero de Dos Mil Catorce (2.014), siendo las 10:15 am, tal como fue acordado en el auto de ésta misma fecha, se traslado este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a cargo de la Jueza Ejecutora Abogada. Saida Yamilka Prada Chacón, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano. y se constituyó en un inmueble, signado con el N° 0-21, ubicado en calle 8, del Barrio las Flores, de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir con el exhorto procedente del Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial, librado en la solicitud de Inspección Judicial N° 3716-14, solicitada por la ciudadana: FLOR ESTER ROSALES VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.097.285,de estado civil soltera, con domicilio donde se constituyo éste Tribunal, asistida de las Abogadas en ejercicio, ciudadanas: NORELIS DEL VALLE CHACON ZAMBRANO y ADRIANA LUCIA PEREZ COLMENARES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N° V-8.103.135 y V-8.108.959, en su orden, inscritas en los Inpreabogado bajo los N° 48.098 y 58.061, en su orden, de éste domicilio. Acto seguido las solicitante, debidamente asistida de sus abogadas, supra identificadas, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue por éste Tribunal, expuso: “Solicito a éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se designe de practico, al ciudadano: ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.094.458, domiciliado en ésta Ciudad Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, en su carácter de topógrafo. Seguidamente éste Tribunal, visto lo solicitado por la peticionante y sus abogadas asistentes, arriba identificadas, acuerda nombrar y juramentar de practico al ciudadano: ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.094.458, de éste domicilio, quien estando presente en el sitio el Tribunal le tomo el juramento de Ley, expuso: “Acepto el nombramiento de experto y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo y para tomar las medidas de éste inmueble utilizare como herramienta una cinta métrica”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado en el presente acto, procede a situarse en el referido inmueble, a fin de dejar expresa constancia de los linderos y medida del mencionado inmueble. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, procede a dejar expresa constancia, usando la herramienta señalada de las medidas y linderos actuales del inmueble que nos ocupa, siendo: CABERA, FRENTE O NORTE: con la calle 8, mide treinta y siete metros con treinta centímetros (37,30 mts); PIE, FONDO O SUR: colinda con propiedad que fue de Bernardino Ramírez, hoy de María Teresa Rosales Santos y en parte con vereda, mide cuarenta metros con sesenta y cinco centímetros (40,65 mts), en línea quebrada; COSTADO DERECHO U OESTE: con propiedad hoy de José Alberto Duarte Duarte, mide ocho metros con setenta centímetros (8,70 mts); COSTADO IZQUERDO O ESTE: con propiedad que fue de Bernardino Ramírez hoy de Virgilio Alberto Guerrero Montilla, mide diez y seis metros con cincuenta centímetros, (16,50 mts). Se deja constancia que en el inmueble inspeccionado, se observa construida una vivienda multifamiliar, de una planta, compuesta por una casa de habitación, un apartamento y un terreno, a su vez la casa de habitación esta compuesta de seis (06) habitaciones, cuatro (04) salas de baño, sala, comedor, cocina, dos (02) áreas de lavandería, tres (03) pasillos de distribución, techo de acerolet y en parte techo de platabanda, pisos de cemento pulido, paredes frisadas y pintadas, con puertas metálicas; el Apartamento lo componen tres (03) habitaciones, sala, comedor y cocina, un (01) baño, área de lavandería y un pasillo que conduce al patio que se encuentra en el costado derecho del inmueble, techo de acerolet, pisos de cemento pulido, paredes frisadas y pintadas, con puertas metálicas. Acto seguido, el practico designado, ciudadano: ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ, supra identificado, expuso: “Ratifico en todas y cada una de sus partes el plano topográfico que se encuentra anexo al presente exhorto, por coincidir en todas y cada una de sus partes con la presente inspección, Es todo,” no siendo otro el objeto de este Tribunal, declara concluido este acto, se declara cumplida la inspección judicial ordenada por el Tribunal comitente y se acuerda dejar copia fotostática certificada de las actuaciones, para el archivo de éste Tribunal retornando a su sede natural, siendo las 12:40 pm. Se deja constancia que la dirección donde se constituyo a la realización de la Inspección Judicial, fue señalada por la solicitante y sus abogadas asistentes, supra identificadas. EL Tribunal, deja expresa constancia que el traslado, a la realización de éste acto, no generó ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación. Terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

LA SOLICITANTE:

FLOR ESTER ROSALES VIVAS

ABOGADAS ASISTENTES DE LA SOLICITANTE:

ABG. NORELIS DEL VALLE CHACON ZAMBRANO

ABG. ADRIANA LUCIA PEREZ COLMENARES


EL PRACTICO

ALFONSO JOSE PALLADINO ALVAREZ


EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO ZAMBRANO Z.


EXHORTO N° 990/2.014.-