En horas de despacho del día de hoy doce (12) de Febrero de 2014, siendo las 10:09 a.m., se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín Rafael Urdaneta y Córdoba de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, frente a un inmueble ubicado en la avenida 5 con calle 17 casa Nº 17-45, Urbanización Sur Rubio, Municipio Junín del Estado Tachira, a los fines de dar cumplimiento al exhorto comisorio procedente del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial, relacionado con el expediente Nº 5148-14 de aforo de honorarios profesionales, estando en compañía de la abogado actora Mariana Margarita Núñez Peña, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 144.454. Seguidamente, se hicieron los toques de Ley, compareciendo una persona que se identificó con su cédula de identidad como Maria José Maria Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.821.789, quien manifestó ser la parte demandada, a la cual se le notificó la misión y objeto del Tribunal, quien procedió abrir las puertas del inmueble donde se ha constituido esta dependencia judicial, a la cual se le exhorto a que llamara a un abogado de su confianza para que la asistiera en este acto. Se exhorta a las partes a que lleguen a un acuerdo que la beneficie. Seguidamente solicita el derecho de palabra la abogado actora Mariana Núñez antes identificada y concedido como le ha sido y expone: “solicito la suspensión de la practica de la medida por cuanto la demandada manifiesta voluntariamente pagar el monto de lo adeudado y solicito se remita la comisión al tribunal de la causa, es todo.” Visto lo solicitado por la abogado actora se acuerda de conformidad, a tal efecto, suspéndase la ejecución de la medida comisionada y devuélvase la comisionen el estado en que se encuentra al Tribunal de la causa. No habiendo mas, se ordena que por secretaria se de lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se de por terminada y firmada por los presentes. Leído como ha sido y no habiendo observación se da por terminado siendo las 10:43 a.m., se ordena el regreso del Tribunal a su sede definitiva y se procede a firmar por los presentes. LA JUEZ (FDO. ILEGIBLE) ABG. DAYANA MARITZA RIVAS HIDALGO (HAY SELLO HUMEDO DEL TRIBUNAL). LA ABOGADO ACTORA (FDO. ILEGIBLE) MARIANA NUÑEZ. LA NOTIFICADA (FDO. ILEGIBLE) MARIA JOSE RAMIREZ. LA SECRETARIA (FDO ILEGIBLE) ABG. MARGELIS CONTRERAS FUENMAYOR
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