REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Macuto, 18 de febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-001483
ASUNTO : WP01-P-2012-001483

Corresponde a este Tribunal Segundo de Control, emitir sentencia en la causa seguida contra el ciudadano: JOSE RAFAEL MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, Estado Vargas, fecha de nacimiento 12-07-1976, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario policial, hijo de Ramón Godoy (v) y Benita Martínez, residenciado en el sector San Antonio, segunda calle, casa nº 3011, Parroquia Naiguatá, Estado Vargas y titular de la cedula de Identidad Nº V-12.162.810, en virtud de haber cumplido con las obligaciones impuestas en la Suspensión Condicional del Proceso, a tal efecto este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

Consta en actas que al acusado JOSE RAFAEL MARTINEZ, se le otorgó la Suspensión Condicional del Proceso en fecha 05-02-2013, por el lapso de SEIS (06) MESES, en virtud de la acusación que presentó la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y sede en su contra por la comisión del delito de PECULADO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Contra la Corrupción, vigente para el momento que ocurrieron los hechos, y el Tribunal admitió totalmente la acusación fiscal definiendo la participación del acusado JOSE RAFAEL MARTINEZ en la comisión de ese hecho punible.

En este sentido, el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, establece entre otras cosas, que una vez finalizado el plazo o régimen de prueba, el Juez convocará a una audiencia a las partes y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, se decretará el sobreseimiento de la causa.

Ahora bien, en el día de hoy estando presente las partes, se llevó a cabo la audiencia prevista en el artículo 46 de la Ley Penal Adjetiva, evidenciándose que el acusado JOSE RAFAEL MARTINEZ, cumplió todas las obligaciones que le impuso este Tribunal, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es decretar, como en efecto se hace, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme al artículo 300, ordinal 5º, concatenado con los artículos 46 y 49, ordinal 7º, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano JOSE RAFAEL MARTINEZ, titular de la cédula de identidad nº V-12.162.810, por la comisión del delito de PECULADO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Contra la Corrupción, vigente para el momento que ocurrieron los hechos, conforme al artículo 300, ordinal 5º, concatenado con los artículos 46 y 49, ordinal 7º, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. RAMÓN ANTONIO MARTINEZ ANTILLANO

LA SECRETARIA

ABG. DARLING VALDIVIA
RAMA/DV/rama.