REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Cristóbal, 10 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2013-014576
ASUNTO : SP21-P-2013-014576

JUEZ: ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
FISCAL: ABG. LAURA MONCADA
SECRETARIO: ABG. CRISTINA MUÑOZ
IMPUTADO: FREDDY FERNANDO SANCHEZ ARAGON
DEFENSOR: ABG. HUMBERTO SEQUEDA RAMIREZ

AUTO DE VERIFICACION DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DELPROCESO

Celebrada la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, en las actuaciones signadas en la nomenclatura de este Tribunal bajo el número SP21-P-2013-014576, seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en contra el acusado FREDDY FERNANDO SANCHEZ ARAGON, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 13-11-70, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.495.064, de profesión u oficio vigilante, de estado civil casado, con residencia en Barrio el Corozo, calle principal, casa numero 1-3, Municipio Torbes, estado Táchira, no posee numero de teléfono , por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 encabezamiento del Código Penal, en perjuicio del Orden Público y el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de José Godoy, éste Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera:
DE LOS HECHOS

En fecha 16 de octubre de 2013, siendo las 7:00 horas de la noche, compareció por ante este despacho el funcionario detective José Godoy, el cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: continuando con las investigaciones relacionadas con la investigación K-13-0061-03482, que se instruye por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, me traslade en compañía de otro funcionario hacia barrio obrero, específicamente frente a la clínica coromoto, a fin de librarle boleta de citación al ciudadano FREDDY FERNANDEZ SANCHEZ, por cuanto el mismo figura como investigado en la causa antes mencionada, una vez en el lugar procedimos a llamar al ciudadano que se encontraba en la parte externa de la clínica, a quien previa identificación como funcionarios, se le manifestó ser la persona requerida por la comisión, vociferando el ciudadano palabras obscenas y degradantes, abalanzándose contra la integridad física del suscrito, causándole lesiones a nivel del brazo izquierdo, por tal motivo se procedió a hacer uso de la fuerza para neutralizar dicha acción, seguidamente se le realizo inspección corporal no logrando ningún tipo de evidencia de interés Criminalístico, se procedió a trasladar a la sede del despacho informándole al agresor que a partir de la presente hora se encontraba detenido.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN
Celebrada la Audiencia en cumplimiento del derecho al debido proceso, respetadas las garantías constitucionales de intervención, asistencia y representación del acusado, éste Tribunal, observa que en fecha 29 de Octubre de 2013, se celebró Audiencia de Suspensión Condicional del Proceso, donde le fue concedido al acusado FREDDY FERNANDO SANCHEZ ARAGON, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 13-11-70, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.495.064, de profesión u oficio vigilante, de estado civil casado, con residencia en Barrio el Corozo, calle principal, casa numero 1-3, Municipio Torbes, estado Táchira, no posee numero de teléfono , la Alternativa a la Prosecución del Proceso de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de TRES (03) MESES, verificándose el cumplimiento de las condiciones, imponiéndole a la acusada las obligaciones de: 1) Presentarse una vez cada treinta (30) días por ante el Tribunal, mediante la Oficina de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal; 2) En caso de cambiar de domicilio, notificar al Tribunal; 3) Prohibición de incurrir nuevamente en hechos de la misma naturaleza, 4) Donar un mercado al Ancianato Mis Abuelitos, presentar su respectivo soporte de la entrega del mercado. Cumplidas las condiciones lo cual se desprende de lo manifestado por el acusado, así como del Record de Presentaciones, constancia de la entrega del mercado y habiendo transcurrido el tiempo establecido en la Audiencia celebrada en fecha 29 de Octubre de 2013, es por lo que éste Juzgador EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del acusado FREDDY FERNANDO SANCHEZ ARAGON, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 13-11-70, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.495.064, de profesión u oficio vigilante, de estado civil casado, con residencia en Barrio el Corozo, calle principal, casa numero 1-3, Municipio Torbes, estado Táchira, no posee numero de teléfono , por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 encabezamiento del Código Penal, en perjuicio del Orden Público y el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de José Godoy; de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Cesando así las condiciones bajo las cuales se le otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Número Diez del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del acusado FREDDY FERNANDO SANCHEZ ARAGON, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 13-11-70, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.495.064, de profesión u oficio vigilante, de estado civil casado, con residencia en Barrio el Corozo, calle principal, casa numero 1-3, Municipio Torbes, estado Táchira, no posee numero de teléfono , por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 encabezamiento del Código Penal, en perjuicio del Orden Público y el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de José Godoy. Cesando así las condiciones bajo las cuales se otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, déjese copia, a los fines de ser archivada en el copiador de decisiones llevado en el Tribunal.

ABG. JOSÉ MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ DÉCIMO DE CONTROL

ABG. CRISTINA MUÑOZ
SECRETARIA
SP21-P-2013-014576