REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, tres (03) de Febrero del dos mil catorce (2014)
203° y 154°

ASUNTO N° WP11-L-2012-000033

Visto que como consecuencia del incumplimiento a la sentencia dictada en fecha dieciocho (18) de Noviembre del año dos mil trece (2013) y vencido como se encuentra el lapso para que la Entidad de Trabajo diera cumplimiento voluntario a la misma y recibidas como han sido las resultas provenientes del Banco Central de Venezuela; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Procede a la Ejecución Forzosa. Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de seiscientos sesenta y cuatro bolívares con diez céntimos (Bs. 664,10), que comprende el doble de la suma condenada, es decir, trescientos treinta y dos bolívares con cinco céntimos (Bs. 332,05). En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de trescientos treinta y dos bolívares con cinco céntimos (Bs. 332,05), que comprende la suma condenada a pagar. Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida el día martes veinticinco (25) de Febrero del año dos mil catorce (2014), a las nueve (09:00 a.m.) de la mañana. Cúmplase lo ordenado.-
El JUEZ


Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ.
EL SECRETARIO


Abg. RAMÓN SANDOVAL


Partes: YSMAEL JOSÉ ORIHUELA CARVAJAL CONTRA POLMAR ADUANAS, C.A.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
AR/RS/ajesús