REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintidós (22) de julio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: WP12-R-2014-000015
Por recibido el presente asunto, proveniente del Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, a los fines de conocer el conflicto de competencia por la materia, planteada por el Tribunal antes mencionado, en la solicitud de PRESUNCIÓN DE AUSENCIA, propuesta por la ciudadana LUCRECIA MARGARITA RODRIGUEZ DE ARRATIA, que se sustancia en el asunto distinguido con el Nº WP12-R-2014-000015, de la nomenclatura de archivos de ese Tribunal, désele entrada y anótese en los Libros respectivos. El Tribunal se reserva el lapso de diez (10) días de despacho para decidir, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA SUPERIOR
DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA