REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

204° y 155
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2014-000280
PARTE ACTORA: BASARELI ENRIQUE RUIZ ROJAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO TIENE COSNTITUIDO
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL “EXPRESOS MERIDA, C. A.”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARCOS DANIEL CÓRTES M
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES

En el día hábil de hoy, martes quince (15) de julio de dos mil catorce, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia la incomparecencia de la parte actora BASARELI ENRIQUE RUIZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 8.091.912, ni por sin ni por medio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia que compareció el abogado en ejercicio MARCOS DANIEL CÓRTES MEDINA, inscrito en el inpreabogado bajo el No 180.873, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, Empresa EXPRESOS MERIDA C.A., inscrita en el Registro Mercantil que para tal efecto llevó el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, bajo el n.º 161, en fecha 23/11/1971, con posteriores modificaciones del Acta Constitutiva, en la persona de su Presidente ciudadano FRANCISCO CIRO ROSALES CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 3.996.019, con domicilio procesal en la 5ta Avenida, frente al Cuartel Negro Primero, La Concordia, edificio Expresos Mérida C.A., San Cristóbal, Estado Táchira, carácter que consta en autos. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,


Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ El Secretario,




APODERADO JUDICIAL ACCIONADA