REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 7 de julio de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000319
ASUNTO : WP01-D-2012-000319

AUTO ACORDANDO IMPOSICION POR ACUMULACION DE SENTENCIAS
CON NUEVO CÓMPUTO DE SANCIONES

En este Tribunal de Ejecución estaba fijado para el día 02/07/2014 Audiencia de Imposición de la causa signada Nº WP01-D-2013-119 (Interno 1EA-989-14) por Sentencia Definitivamente firme emitida por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes publicada en fecha 22/05/2014 en la cual mediante el procedimiento de Admisión de los Hechos declaró penalmente responsable al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 28/11/1995 actualmente de 18 años de edad, por estar involucrado en los delitos de Robo Impropio y Agavillamiento y quedó condenado a cumplir en forma simultánea las SANCIONES DE LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (1) AÑO con presentación cada 15 días entre otras obligaciones, teniendo como Defensora Pública asignada la 4ta. Dra. Yamileth Contreras

Ahora bien, en esa Audiencia se pudo evidenciar, que en este Despacho Judicial de Ejecución de Adolescentes también cursa otra causa en contra de este joven IDENTIDAD OMITIDA cumpliendo sanciones menos gravosas signada con el Nº WP01-D-2012-319 (Interno 1EA-929-13), observando de la misma que le fue dictado Sentencia en fecha 29/07/2013 por el Tribunal Accidental Sexagésimo Cuarto en funciones de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes quedando responsable penalmente en admisión de los hechos de los delitos de Homicidio Calificado por Motivos Fútiles e Innobles en grado de complicidad correspectiva y Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y lo condenaron a cumplir las sanciones en forma simultánea de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por UN (1) AÑO y SERVICIO A LA COMUNIDAD por SEIS (6) MESES, con las siguientes obligaciones: 1) Acatar la orientación en la entidad de atención, para ello deberá asistir cada quince (15) días; 2) Integrarse actividades educativas y/o laborales debiendo presentar constancia al efecto y 3) Prohibición de portar cualquier tipo de arma de fuego, blanca u objeto que simule serlo, las cuales fueron impuestas y comenzó a cumplir el 04/09/2013, evidenciándose además que el Defensor Público asignado en esta causa más antigua es el Primero Dr. Javier Lanz, es de hacer notar que en esta causa el joven tuvo una Audiencia por incumplimiento el 23/04/2014 se le dio una oportunidad por haber recibido unos tiros y estar convaleciente solo había cumplido de estas sanciones 1 mes que sumado a los dos (2) meses adicionales hasta el día de hoy tiene cumplido de esta medida TRES (3) MESES.

Ahora bien, siendo que a este joven inicialmente referido se le siguen dos (2) causas en fase de ejecución y con sanciones en Libertad, es procedente en aplicación del Principio de Unidad del Proceso la Acumulación de Sanciones por varias Sentencias de conformidad con el artículo 471 numeral 2 del COPP y en consecuencia se practica Nuevo Cómputo, a la causa Nº WP01-D-2012-319 donde lo sancionaron a LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA por UN (1) AÑO descontándole los Tres (3) meses cumplidos y SERVICIO A LA COMUNIDAD por 6 MESES, se le acumula la causa WP01-D-2013-119 donde se dispuso que cumpliera LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por UN (1) AÑO, y por ser sanciones que se puede efectuar simultáneamente el joven deberá cumplir LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA POR un (1) AÑO Y 9 MESES con las obligaciones detalladas al inicio de esta decisión, conjuntamente con un SERVICIO A LA COMUNIDAD POR SEIS (6) MESES, por lo que debería culminar todas sus sanciones el 23/03/2016.
Y como consecuencia de esta acumulación se ordena cerrar por el Sistema Iuris la causa Nº WP01-D-2013-119 contentiva de dos (2) piezas denominándolas ANEXO “A” y ANEXO “B que formará parte de la causa más antigua en fase de ejecución que es la numerada WP01-D-2012-319 (Interno 1EA-929-13) en la cual se llevará todas las actuaciones relacionadas con la ejecución de estas Sentencias acumuladas a este joven prenombrado y por cuanto tiene asignado dos (2) Defensores públicos distintos se acuerda que lo represente en esta fase de Ejecución por las causas acumuladas el Defensor Público Primero Dr. Javier Lanz que es de la causa que queda abierta. Por consiguiente se acuerda fijar para el día 29/07/2014 a las 11:30 horas de la mañana la Imposición de esta Ejecución de Sentencia por acumulación con nuevo cómputo. Y así se decide.

DISPOSITIVA
Visto el razonamiento antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO ACORDANDO ACUMULACION DE SENTENCIAS CON NUEVO CÓMPUTO DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA, debiendo cumplir por dos condenas pendientes: Libertad Asistida y Reglas de Conducta por Un (1) Año y Nueve (9) meses y simultáneamente Servicio a la Comunidad por 6 meses, debiendo culminar todas las medidas el 23/03/2016 y quedará abierta la causa Nº WP01-D-2012-319 que es la más antigua, designándose al Defensor Publico Primero para esta etapa, acordándose fijar para el día 29/07/2014 a las 11:30 horas de la mañana la Imposición de esta Ejecución de Sentencia por acumulación con nuevo cómputo, todo esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA y 471 numeral 2do. y 472 del COPP,

Diarícese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía y a la Defensoría 4ta., cítese a la Defensoía Primera, al sancionado conjuntamente con su representante legal y al Centro de Orientación, déjese nota de la acumulación en Libro L1.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ROSA VALLENILLA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. ROSA VALLENILLA