JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, quince (15) de julio de dos mil catorce.-
AÑOS: 204° y 155°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil DIECISEIS (16) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana SANDRA CAROLINA SIERRA GALVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.152.305, actuando asistida por la Abogado en ejercicio MARÍA VICTORIA CASTILLO HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.855, en el cual expone: que el día 20 de febrero de 2012, falleció el ciudadano ANGEL BLADIMIR MENDEZ SIERRA, quien en vida fuese venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.256.758, quien estuvo domiciliado en el Barrio Monseñor Ramírez, Vereda 7, Casa N° 24, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; quien tuvo su deceso en la Vía Pública- Barrio 23 de Enero, Calle 1 de esta Jurisdicción, a causa de “…SHOCK HIPOVOLÉMICO, PERFORACIÓN PULMONAR…”, según Certificado de Defunción N° 1495970 de fecha 22/02/2012, expedido por el Dr. Rafael Ramírez, titular de la cédula de identidad N° V-10.171.011; tal y como se desprende de Acta de Defunción N° 292, levantada el 15 de marzo de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo presentado la solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Acta de Defunción N° 292 del año 2012, perteneciente a “ANGEL BLADIMIR MENDEZ SIERRA”, expedida el 23 de julio de 2013 por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento N° 1345 del año 1986, perteneciente a “ANGEL BLADIMIR”, expedida el 23 de octubre de 1997, por la Prefectura de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-10.152.305, V-18.256.758 pertenecientes a los ciudadanos: SANDRA CAROLINA SIERRA GALVIS, ANGEL BLADIMIR MENDEZ SIERRA, en su orden.-
Justificativo de Testigos N° 9012, evacuado el 15 de julio de 2.014, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: MARIA CONCEPCIÓN ARENAS ALBORNOZ y NORY ANSENO GALVIZ, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-6.221.643 y V-9.230.188 en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante ANGEL BLADIMIR MENDEZ SIERRA dejo como a sus Única y Universal Heredera a su Progenitora que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: SANDRA CAROLINA SIERRA GALVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, V-10.152.305; en su condición de Progenitora del causante ANGEL BLADIMIR MENDEZ SIERRA, el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 4538, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
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