REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNIICPIO ORDIANRIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Nro. 2059 – 14 – 1.995
DEMANDANTE: Yamilet del Carmen Roa Moncada, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.990.447, con el carácter de madre de M.A.Z.R.
DIRECCIÓN: El Pabellón, Municipio Fernández Feo Estado Táchira.
DEMANDADO: José Arcángel Zambrano Belandria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.148.927.
DIRECCIÓN: Sector 01, vía los naranjos, El Pabellón, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención
Causa Número: 2059– 14
Fecha de Entrada: 09 de julio de 2014.
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 09 de julio de 2014, se le dio entrada al acuerdo por fijación de la obligación de manutención establecido por ante la Defensoría Educativa “ Una Luz en el Camino” con sede en Naranjales Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, entre los ciudadanos Yamilet del Carmen Roa Moncada y José Arcángel Zambrano Belandria, parte demandante y demandada, a favor de M.A.Z.R., llegando las partes al siguiente acuerdo: “… el obligado se compromete aportar quinientos bolívares quincenales, igualmente se compromete a cancelar el 50% de los gastos médicos y medicinas, de vestuario, calzado y gastos escolares cuando lo amerite…”.
En fecha 09 de julio de 2014, se libro Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes el ciudadano Yamilet del Carmen Roa Moncada y José Arcángel Zambrano Belandria, parte demandante y demandada, a favor de M.A.Z.R., todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Líbrese oficio al banco bicentenario a los fines de aperturar una cuenta de ahorros.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los nueve días del mes de julio del dos mil catorce. Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Jueza.
ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.
ABG. LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PEREZ
|