REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintidós (22) de julio de dos mil catorce (20149
204º y 155º

ASUNTO: WN11-S-2013-000398

Vistos los recaudos consignados como fundamentos de su solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana SOFIA CONCEPCIÓN PEREZ LARA, mayor de edad, venezolana, soltera, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.111.687, asistida por el abogado FRANKLIM RAFAEL RENGEL ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 35.451, éste Tribunal la admite por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, se ordena librar oficios a la Dirección de Catastro Municipal del estado Vargas, así como a la Oficina Técnica Municipal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana en el Municipio Vargas, una vez conste en autos la consignación de los fotostatos correspondientes, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el titulo Supletorio pertenece al Municipio Vargas, si es de carácter agrícola y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento. Asimismo, certifique la existencia de las bienhechurías de conformidad con lo establecido en la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional, y la ordenanza sobre certificaciones de Bienhechurías para los Títulos Supletorios, en Tribunales del Municipio Vargas, para lo cual deberá remitir dicha información a este Juzgado. Cúmplase.
LA JUEZA,


DRA. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ
LA SECRETARIA,


ABG. MARIA ANTONIETA BEROES

SRP/MAB/Jea