REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 13 de junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2013-000104
ASUNTO : WP01-D-2013-000104
AUTO ACORDANDO ACUMULACION DE SENTENCIAS
CON NUEVO CÓMPUTO DE SANCIONES
Este Tribunal de Ejecución en el día de ayer 12/06/2014 se efectuó Audiencia de Imposición en la causa signada Nº WP01-D-2013-345 (Interno 1EA-985-14) por Sentencia Definitivamente firme emitida por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes publicada en fecha 20/05/2014 en la cual mediante el procedimiento de Admisión de los Hechos declaró penalmente responsable al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 01/08/1998 actualmente de 15 años de edad, por estar involucrado en el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego y quedó condenado a cumplir la SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA por TRES (3) MESES con presentación cada 15 días, teniendo como Defensora Pública asignada la 4ta. Dra. Yamilet Contreras
En esta Audiencia se pudo evidenciar, que en este Despacho Judicial de Ejecución de Adolescentes también cursa otra causa en contra de este joven IDENTIDAD OMITIDA cumpliendo sanciones menos gravosas signada con el Nº WP01-D-2013-104 (Interno 1EA-949-13), observando de la misma que le fue dictado Sentencia en fecha 18/11/2013 por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes quedando responsable penalmente en admisión de los hechos del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego y lo condenaron a cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA por SEIS (6) MESES, con las siguientes obligaciones: 1) Acatar la orientación en la entidad de atención, para ello deberá asistir cada quince (15) días; 2) Integrarse actividades educativas y/o laborales debiendo presentar constancia al efecto: 3) Prohibición de portar cualquier tipo de arma de fuego, blanca u objeto que simule serlo y 4) Prohibición de salir después de las 9 de la noche salvo que sea acompañada de un familiar adulto, las cuales fueron impuestas y comenzó a cumplir el 18/03/2014, evidenciándose además que el Defensor Público asignado en esta causa más antigua es el Primero Dr. Javier Lanz.
Ahora bien, siendo que a este joven inicialmente referido se le siguen dos (2) causas en fase de ejecución y con sanciones en Libertad, es procedente en aplicación del Principio de Unidad del Proceso la Acumulación de Sanciones por varias Sentencias de conformidad con el artículo 471 numeral 2 del COPP y en consecuencia se practica Nuevo Cómputo, a la causa Nº WP01-D-2013-104 donde lo sancionaron a REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS (6) MESES, se le acumula la causa WP01-D-2013-345 donde se dispuso que cumpliera LIBERTAD ASISTIDA por TRES (3) MESES, y por ser sanciones que se puede efectuar simultáneamente el joven deberá cumplir SEIS (6) MESES de REGLAS DE CONDUCTAS detalladas al inicio de esta decisión conjuntamente con LIBERTAD ASISTIDA con presentaciones cada 15 días, por lo que culminará ambas sanciones el 18/09/2014, toda vez que inició la más antigua el 18/03/2014.
Y como consecuencia de esta acumulación se ordena cerrar por el Sistema Iuris la causa Nº WP01-D-2013-345 que formará parte de la causa más antigua en fase de ejecución que es la numerada WP01-D-2013-104 (Interno 1EA-949-14) en la cual se llevará todas las actuaciones relacionadas con la ejecución de estas Sentencias acumuladas a este joven prenombrado y por cuanto tiene asignado dos (2) Defensores públicos distintos se acuerda que lo represente en esta fase de Ejecución por las causas acumuladas el Defensor Público Primero Dr. Javier Lanz que es de la causa que queda abierta. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Visto el razonamiento antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO ACORDANDO ACUMULACION DE SENTENCIAS CON NUEVO CÓMPUTO DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA, debiendo cumplir por dos condenas pendientes: Reglas de Conducta por Seis (6) meses y simultáneamente Libertad Asistida por tres (3) meses, tomando en cuenta que se iniciaron los 6 meses el 18/03/2014 y finaliza ambas sentencias el 18/09/2014, debiendo seguir abierta la causa Nº WP01-D-2013-104 que es la más gravosa y más antigua que contendrá todo lo relacionada con la acumulación, esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA y 471 numeral 2do. y 472 del COPP,
Diarícese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía y a la Defensoría Primera de esta acumulación. Corríjase foliatura. Déjese nota en L1.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. ROSA VALLENILLA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. ROSA VALLENILLA