REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, martes diecinueve (19) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO: SP01-L-2012-000216
PARTE DEMANDANTE: NATALY DEL ROSARIO VIERA GALAVIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.428.943.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: GOLMER JOSÉ VIVAS LINDARTE y MIGUEL GERARDO BECERRA CHACÓN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.009 y Nº 38.644.
PARTE DEMANDADA: BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada en la presente causa se efectuó en fecha 14 de junio de 2013, en la cual la parte accionada consignó poder, y por cuanto se evidencia que no se ha efectuado la notificación de la parte demandada, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establecen:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 14 de junio de 2013, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DERECHOS LABORALES, incoara la ciudadana NATALY DEL ROSARIO VIERA GALAVIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.428.943, contra BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
Regístrese, Publíquese y archívese. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los diecinueve (19) días del mes de junio de dos mil catorce (2014).
La Juez,
Dra. Yalena Mora
El Secretario,
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