REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 204° y 155°

ASUNTO Nº SP01-L-2014-000098

PARTE DEMANDANTE: ANA IDES MORENO RAMIREZ, identificada con la cédula Nro.V-12.220.426

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOYCE MARIA MONTILLA VALERO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.104.561

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES BUENOS AIRES C.A.

APODERADOS PARTE DEMANDADA: REINA COROMOTO CHACON GOMEZ, y LISBE SANCHEZ CHACON, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 28.163 y 33.333

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día de hoy, 30 de junio de 2014, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hizo presente en la sede del Tribunal, la parte actora ciudadana ANA IDES MORENO RAMIREZ, identificada con la cédula Nro.V-12.220.426, asistida por el abogado EDUARDO CHAVEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.97.433 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada LISBE SANCHEZ CHACON, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.33.332. Luego las partes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de CIENTO DIECISIETE MIL BOLIVARES (BS.117.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.51799933 de la cuenta corriente Nro. 0137-0006-14-0000020721 contra El Banco Sofitasa. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,



Abg. Ana Mercedes Mora R.




La Parte Actora, La Parte Demandada,


La Secretaria,