JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis (06) de junio de dos mil catorce.
204° y 155°
Visto el desistimiento a la presente solicitud, presentado en fecha cinco (05) de junio del año en curso, por los ciudadanos EUGENIO RAFAEL MARTINEZ CANABAL, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 6.296.615, asistido por la abogada en ejercicio AKEMI YONEKURA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-12.252.147 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.484, y la abogada en ejercicio CECILIA DOLORES PRINS DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.314.644 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.341, actuando en defensa de sus propios derechos; esta operadora de justicia al observar que no es contrario a derecho el acto realizado por la parte solicitante. Procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. De igual manera se ordena la entrega de la solicitud a la parte recurrente, dejándose en su lugar la respectiva copia fotostática certificada; para la elaboración de los fotostatos antes referidos se comisiona amplia y suficientemente al Alguacil del Tribunal. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud, una vez cumplido lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.
Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “4493” en el “Libro de Registro de Sentencias”.
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
Solicitud N° 8900-14.
Gerardo.
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