REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL ESTADO VARGAS
MAIQUETÍA, DOCE DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE
204º Y 155º
ASUNTO : WP12-S-2014-000270

Vista la anterior Solicitud de Divorcio conforme el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos: LUIS AUGUSTO GARNICA MARRERO y DIANA MILENA RAMIREZ MENDOZA, titulares de las cedulas de identidad Nros: V- 11.199.388 y V- V-14.690.565, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado OLIVO VARGAS BARRAGAN, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 68.299, y los recaudos a ella consignado, el Tribunal la admite. Asimismo, se ordena la citación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a su citación, a exponer lo que estime pertinente en relación al referido escrito solicitud, cuya copia certificada se le anexará a la Boleta de Citación, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 185-A del Código Civil. Expídase por Secretaría copia certificada del aludido escrito solicitud, y con la respectiva Boleta conforme a lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación.
LA JUEZ,
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC,

ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
En ésta misma fecha se libró boleta de citación.-
LA SECRETARIA ACC,

ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA

SRP///Mm .-