REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas
Maiquetía, seis (06) de junio de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
ASUNTO : WN11-V-2014-000006

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado JOAQUÍN NIETO RETORTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.982, actuando en su carácter acreditado en autos, mediante la cual consigna los fotostatos del libelo de la demanda y del auto de admisión, así como los emolumentos correspondientes, a los fines de la elaboración de la boleta de intimación, el Tribunal a los fines de practicar la intimación personal de la parte demandada, ordena librar la boleta de intimación a la Sociedad Mercantil INVERSIONES SINOROPE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha 10 de enero de 2006, bajo el N° 1, Tomo 1-A, en la persona de SIMÓN ALBERTO NORIA FUENTES y/o WILIAN LIWIS ROSATO PESATURO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.134.412 y V-5.098.714, respectivamente, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2°) día de despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su intimación, con el objeto de dar contestación a la demanda incoada en su contra. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m. En consecuencia, líbrese boleta de intimación, y anéxese copia certificada del libelo de demanda, entréguese al Servicio de Alguacilazgo (SA) del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, para que se sirva a practicar la intimación de la parte demandada. Cúmplase.-
LA JUEZA,

ABG. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC,

ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
En esta misma fecha se libró boleta de intimación.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
WN11-V-2014-000006
SRP/MAMG/David