REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Doce (12) de Junio de dos mil catorce (2014).
204º y 155º

ASUNTO : WP12-S-2014-000423


Visto el anterior escrito y la manifestación hecha por los cónyuges, ciudadanos JETSSICA PATRICIA TOVAR JARAMILLO y WLADIMIR THOMAS TERAN LEÓN, cónyuges, mayores de edad, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.122.319 y V-18.189.713, respectivamente, éste Tribunal decreta la SEPARACION DE CUERPOS, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos en su escrito, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero. Asimismo, se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas, con inclusión del escrito de solicitud y del presente decreto. Cúmplase.-
LA JUEZ,


Abg. BELKIS COTTONI DIEPPA
LA SECRETARIA Acc.,


Abg. ANDREA MARCANO



BCD/AM
Exp. Nro. WP12-S-2014-000423.