En el día de hoy jueves veintisiete (27) de marzo de Dos Mil Catorce (2.014), siendo las 10:00 AM, tal como fue acordado en el auto anterior de fecha 25/03/2014, se traslado el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a cargo de la Jueza Ejecutora Provisoria, Abogada: Saida Yamilka Prada Chacon, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano; y se constituyo en un inmueble, sin número, ubicado al lado del local comercial denominado Repuestos HERLY, al final de la avenida Luis Hurtado Higuera, via panamericana San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de practicar la Inspección Judicial, librada en la Solicitud N° 377814, solicitada por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, por el Ciudadano: JESUS WALTER VARELA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.097.214, domiciliado en San Cristóbal del Estado Táchira y aquí de transito, asistido del Abogado en ejercicio, ciudadano: RAUL ANTONIO ESTRADA CAMACHO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.454.658, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.835, de igual domicilio. Acto seguido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, procedió a notificar de la inspección judicial a practicarse en éste sitio, la ciudadana: CHACON DE DELGADO YAJAIRA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.101.043, domiciliada en ésta Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, quien estando presente en el sitio expuso: “Quedo notificada de la inspección judicial, que va a practicar este Tribunal Ejecutor de Medidas”, se encuentran Presentes en el mencionado inmueble, el solicitante Ciudadano: JESUS WALTER VARELA ZAMBRANO, asistido del Abogado en ejercicio, ciudadano: RAUL ANTONIO ESTRADA CAMACHO, supra identificados. Acto seguido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, visto lo solicitado en la inspección judicial, procede a designar de practico fotógrafo, al ciudadano: CACERES EDICSON RAMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-19.035.291, en su carácter de Ingeniero Civil, inscrito en el C.I.V Nº 214.855, domiciliado en San Cristóbal del Estado Táchira y aquí de tránsito, quien estando presente en el sitio, el Tribunal le tomó el juramento de Ley y expuso: “Acepto el nombramiento de practico fotógrafo y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo, para lo cual utilizare una cámara fotográfica marca: CASIO, 5Xzoom, 26mm, HD móvil, de 14.1 megapixels ”. Acto seguido éste Tribunal deja expresa constancia de los particulares solicitados en la referida solicitud de inspección judicial. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia que se evidencia sendos portones, fabricados en malla de ciclón, que sirve de acceso al inmueble en cuestión, ambos dan hacia la carretera Panamericana y presentan cadenas y candados que aseguran e impiden el acceso al mismo. AL SEGUNDO: Que al momento de presentarse y constituirse éste Tribunal Ejecutor de Medidas, no se encontraba persona alguna dentro del referido inmueble objeto de la inspección judicial, presentándose


oportunamente la ciudadana: CHACON DE DELGADO YAJAIRA COROMOTO, quien se identifico con su cédula de identidad N° V-8.101.043. AL TERCERO: La ciudadana: CHACON DE DELGADO YAJAIRA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.101.043, manifiesta al Tribunal Ejecutor de Medidas, que durante dieciséis (16) años, junto a su difunto esposo, estábamos al cuido de éste inmueble, por cuanto yo le trabajo al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, ejerciendo la guarda y custodia de vehículos retenidos por el citado organismo, en cuanto a la documentación que acredite mi presencia en el inmueble, no la poseo pues siempre fue verbal mi relación con los anteriores propietarios y nunca pague ningún alquiler. No expuso más. AL CUARTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia, en cuanto a la descripción general del inmueble, el porcentaje de ocupación del mismo es del treinta (30%) por ciento aproximadamente, área ocupada con los siguientes vehículos: Una camioneta pick-up, F-150, marca: Ford, color blanca, placas: A66AZ0S; Una camioneta pick-up, modelo: cheyenne, marca: Chevrolet, color azul, placas: AO2AF75; Un chuto marca: iveco, color: blanco; placas: A53A8S; Una grúa, marca: dodge, modelo: 350, color amarilla, placas: 825VBA; Un cargo 1721, color: blanco, sin placas; Una cava MBR, color: blanca, placas: AO9AF2M. Y el otro setenta por ciento (70%), que representa el área posterior del inmueble, se observa emontado, con chatarras y basura. AL QUINTO: Manifestó la ciudadana: CHACON DE DELGADO YAJAIRA COROMOTO, supra identificada, a éste Tribunal Ejecutor de Medidas, que los vehículos anteriormente descritos, se encuentran en calidad de retención tres (3) de ellos, por problemas de remoción de chips, quedando a ordenes de Fiscalía y los otros tres (3) vehículos por volcamiento, el tiempo de permanencia de los mencionados vehículos, están entre diez (10) años y un (1) mes. AL SEXTO: Manifestó la ciudadana: CHACON DE DELGADO YAJAIRA COROMOTO, supra identificada, a éste Tribunal Ejecutor de Medidas, que desconoce quienes son los propietarios, ya que el expediente de cada uno de estos vehículos, se encuentran en la Fiscalía. Este tribunal acuerda conceder al fotógrafo un plazo de tres días hábiles a fin de consignar las impresiones fotográficas con respecto al inmueble inspeccionado. Es todo. No siendo otro el objeto este Tribunal, declara concluido el acto, se declara cumplida la inspección judicial, ordenada por el Tribunal comitente, se acuerda dejar copia fotostática de las presentes actuaciones para el archivo de este Tribunal, igualmente se deja constancia que el traslado de este Tribunal Ejecutor de Medidas, no género ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación. Se deja constancia, que la dirección donde se constituyo éste Tribunal, a la realización de la inspección judicial, fue señalada por el solicitante y su abogado asistente, supra identificados y acuerda retornar a su sede a las 11:30 AM. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.-

LA JUEZA EJECUTORA PROVISORIA.
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON


LA NOTIFICADA

CHACON DE DELGADO YAJAIRA COROMOTO

EL SOLICITANTE

VARELA ZAMBRANO JESUS WALTER

ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE

ABG. ESTRADA CAMACHO RAUL ANTONIO

EL EXPERTO FOTOGRAFO

CACERES EDICSON RAMON
EL SECRETARIO
WILLIAM FROILAN ZAMBRANO ZAMBRANO



Exhorto N° 1005/2.014