REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas
Maiquetía, diez de marzo de dos mil catorce
203º y 155º
ASUNTO : WP11-L-2012-000300
Vista la diligencia de fecha 25 de febrero del 2014, suscrita por el Profesional del derecho ELIO MUSTIOLA RIZO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 46.776, en su carácter apoderado judicial de la parte demandante, de mediante la cual, PRIMERO:DESISTE DE LA DEMANDA, incoada en contra la Empresa MONTI MONTI CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A., este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Vargas, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los términos planteados por el accionante, dándole efecto de Cosa Juzgada.
LA JUEZ
Dra. REBECA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA
Abg. MARBELIS BASTARDO
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