REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (23) de Mayo de dos mil catorce (2014).-

244° Y 155°

Visto el escrito presentado por el ciudadano JUAN GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.448.158, debidamente asistido por el abogado CARLOS MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.208, mediante el cual solicitó copia mecanografiada del asiento del Libro Diario N° 16, del expediente signado con el N° 1190, del asiento N°16, de fecha 6/4/1989, el Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil se ordena expedir copia mecanografiada certificada del asiento N°16, de fecha seis (06) de Abril del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), inserto al vuelto del folio doscientos ochenta y seis (286) del Libro Diario llevado por este Tribunal durante los años 1988 y 1989, TOMO VIII. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ABG. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

MERLY VILLARROEL







CEOF/MV/Marloise.-





Quien suscribe, MERLY VILLARROEL, Secretaria del Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde al Asiento N°16 del Libro Diario, Tomo VIII, cursante al vuelto del folio 286, de fecha seis (06) de Abril del año mil novecientos ochenta y nueve (1989).- el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“16° N° 1.190, T.S Se instruyó titulo supletorio a favor de la ciudadana Rosalba Margarita Izaguirre De Montero, sobre una bienhechuría ubicada en el callejón Mis Luz, Barrio Mirabal, Casa N° 33, parte alta, Jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, por un valor de trescientos Mil Bolívares (300.000°°Bs). Redactó el Dr. Roger A. Aguey Alfonzo inpreabogado N° 23.001, fueron testigos los ciudadanos Juan Sotero Castro Mora y José Casimiro Ulloa, titulares de las CI N°V-1.453.593 y V-673.773 Respectivamente.” Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los veintitrés (23) días del mes de Mayo de dos mil catorce (2014).-

LA SECRETARIA,

MERLY VILLARROEL

















TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veintitrés (23) de Mayo del año dos mil catorce (2014).-
204° y 155°
Resuelta la presente solicitud, constante de diez (10) folios útiles, devuélvase al solicitante. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ABG. CARLOS E. ORTIZ F.
LA SECRETARIA,

MERLY VILLARROEL