REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, trece de mayo de dos mil catorce
204º y 155º
N° DE EXPEDIENTE: SP01-S-2014-000012
PARTE OFERENTE: EXPRESOS MÉRIDA C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARCOS DANIEL CORTES MEDINA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 180.873
PARTE OFERIDA: EDWIN OCHOA CAÑAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 17.863.234
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERIDA: GRACIELA MEDINA LOZANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el n° 221.255
MOTIVO: PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, trece (13) de mayo de dos mil catorce (2014), día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, quienes no comparecieron ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO POR OFERTA DE PAGO seguido por la empresa EXPRESOS MÉRIDA C.A, a favor del ciudadano EDWIN OCHOA CAÑAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 17.863.234, por PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES y en consecuencia TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que por cuanto la parte oferente no realizó la consignación de pago en la cuenta bancaria correspondiente, no existiendo dinero disponible a favor del trabajador, se procederá al archivo definitivo del expediente, transcurridos cinco (05) días hábiles. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 155° y 204°
La Juez
La Secretaria
Abg. Liliana Duque Rosales
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