REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 8 de mayo de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2009-000403
ASUNTO : WP01-D-2009-000403

AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES
Este Tribunal de Ejecución en la tarde del día de hoy 08/05/2014 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES fijada de oficio en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 03/04/1994 actualmente de 20 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchada de vida voz de la Delegada del Centro sobre el cumplimiento de las medidas impuestas en libertad y la opinión de las partes, siendo tiempo suficiente para realizar Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) de la LOPNNA y en la que se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.

De la causa se puede evidenciar en la tercera pieza al folio 110 Sentencia Definitiva de fecha 23/09/2010 de la Corte Superior de Apelaciones que confirmó la Decisión del Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes en contra de este joven prenombrado a quien en Debate declararon responsable penalmente del delito de HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES quedando condenado a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por CINCO (5) AÑOS cumpliendo privativa en el Retén de adolescentes Ciudad Caracas y luego en Yare I hasta el 21/02/2013 que en Audiencia de Revisión de la Privativa la cual sale favorable con informes evolutivos teniendo cumplido 3 años se le sustituye la Privativa restante por unas medidas menos gravosas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por DOS (2) AÑOS y simultáneamente cumplir SERVICIO A LA COMUNIDAD por SEIS (6) MESES debiendo culminar el 21/02/2015, con orden de presentaciones cada 8 días, debía además trabajar, estudiar y no acercarse a la víctima.

Cumpliendo la ejecución en libertad le es elaborado su plan Individual de Ejecución a corto, mediato y a largo plazo comienza a trabajar y le es realizado su primera Revisión el 09/10/2013 saliendo favorable trabajando con su familia agricultura cumpliendo con sus presentaciones y talleres por lo que se le concedió con lugar y se le alargó asistencia a cada 15 días, posteriormente para el día de hoy 08/05/2014 atiende la convocatoria para la segunda Revisión en libertad y es consignado el Informe evolutivo en esta misma fecha el cual describe entre otras cosas: “…que el joven ha cumplido sus presentaciones cabalmente, se muestra concientizado y estar seguro de no reincidir y estar alejado de los factores de riesgo, respecta las normas en el Centro, vive en Carayaca, mantiene buenas relaciones con su familia, inserto en la agricultura realizándole supervisión y ubicándolo en su sitio de trabajo con buenas referencias familiares, se le ha orientado a retomar estudios, en cuanto al Servicio Comunitario realiza una parte en el centro cada vez que asiste ayudante en limpieza y pintura y además en un modulo barrio adentro en el sector donde vive colaborando con la entidad y ha asistido a todos los talleres, encuentros deportivos recreativos implementados…”

En la Audiencia de Revisión del día de hoy la Delegada informó además que cumple a cabalidad con las presentaciones cada 15 días y ha asistido a todos los eventos convocados por el Centro, es bien respetuoso y colaborador hasta el punto que parte del Servicio comunitario lo hace en la institución, su novia que estudia Derecho es un pilar fundamental en este proceso lo acompaña en eventos y expresó que tiene interés por casarse y en cuanto al estudio se le ha orientado para que continúe. La Defensa lo felicita por el buen desenvolvimiento que ha tenido pide solo que retome estudios y pidió al Tribunal se le extienda sus presentaciones. Por su parte la Fiscalía también lo felicitó por su informe bien favorable y que siga cumpliendo como viene haciéndolo y que retome estudios y presente constancia, no se opone a la ampliación del régimen de presentaciones.

Así las cosas, oído a todos los intervinientes y revisado el informe evolutivo, esta Juzgadora expone la siguiente Decisión: Visto que el joven IDENTIDAD OMITIDA su Informe en general es bien favorable, denotándose que cumple sus presentaciones cada 15 días, participando además en todas las actividades convocadas por el Centro, siempre laborando en agricultura en Carayaca con apoyo familiar y de su novia y con reflexión a lo sucedido, solo se le hizo reflexión a la importancia de retomar estudios aunque sea un curso, por lo que considera esta Decisora que la evolución ha sido satisfactoria por lo que es ajustado a derecho DECLARA CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada TREINTA (30) DIAS y deberá continuar con las demás obligaciones debiendo culminar el 21/02/2015 o en la próxima revisión si es bien satisfactoria.. ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES, al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de Presentaciones dentro de las Reglas de Conducta extendiéndosele a cada Treinta (30) días, debiendo continuar con las demás obligaciones hasta finalizar el 21/02/2015 o antes si la evolución es bien satisfactoria como hasta ahora, revisión que se hace conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos los intervinientes quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA