REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

*Nro. 2026 – 14 – 1.957*

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Zenaida Chacon Leal, Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad de ciudadanía Nro. E..-60.436.883, actuando con el carácter de madre de los Adolescentes: G.A. y D.C..

DIRECCIÓN: domiciliada en los Manguitos frente al señor Ricardo Vía el Nula Parcelamiento los Manguitos Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Luis Alfonso Trujillo Rodríguez, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad de Ciudadanía Nro. E.-88.177.626 V.-14.785.395, con el carácter de padre de los Adolescentes: G.A. y D.C..

DIRECCIÓN: domiciliado en Naranjales Sector el Parcelamiento la Arenosa Municipio Fernández Feo del Estado Tachira.

MOTIVO:
Fijación de Obligación de Manutención

Causa Número: 2026 – 14

Fecha de Entrada: 19 de mayo de 2014

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 19 de mayo de 2014, se le dio entrada al acuerda de fijación de obligación de Manutención, establecido en fecha 28 de marzo de 2014, por ante la Defensoría Educativa una luz en el camino con sede en El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, entre los ciudadanos: ZENAIDA CHACON LEAL, colombiana, mayor de edad, titular de la Cedula de ciudadanía: N° E.-C.C.60.436.883, y LUIS ALFONSO TRUJILLO RODRIGUEZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° E.-C.C.88.177.626, Entre otros se acordó:
Que el obligado se compromete a aportar la cantidad de seiscientos (Bs.600,oo) bolívares quincenales, para los gastos de obligación de manutención y dárselo personalmente a la madre de mis hijos Cuatrocientos Bolívares (Bs.400,oo) semanales, para un total de MIL, Igualmente se compromete a cancelar el 50% de los gastos médicos y medicinas, más el 50% de gastos de vestuario, calzado y gastos escolares cuando los ameriten los adolescente antes mencionados….,

CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 28 de marzo de 2014, comparecieron ante Defensoría Educativa manitas para la paz, por ante la Defensoría Educativa Una Luz en el Camino, con sede en el Piñal Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, entre los ciudadanos: ZENAIDA CHACON LEAL y LUIS ALFONSO TRUJILLO RODRIGUEZ parte demandante y demandado, respectivamente, quienes convinieron, por ante la referida Defensoría Educativa, en la fijación del monto de la obligación de manutención, asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 28 de marzo de 2014, en cuanto al acuerdo de fijación del monto de la obligación de manutención, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Notifíquese a las partes de la continuación del presente procedimiento por ante este Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil catorce. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza
Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario
Abog. Janneth del Carmen Velasco Caicedo