REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Rubio, 02 de mayo de 2014.
203° y 155°
ACTO CONCILIATORIO POR
OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
EXPEDIENTE Nº: 012-14
PARTE DEMANDANTE: AYMAR CAROLINA RODRÍGUEZ DURAN
PARTE DEMANDADA: JUAN MANUEL QUEVEDO VERGARA
Presentes en la sede del Tribunal previa citación los ciudadanos AYMAR CAROLINA RODRÍGUEZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-13.928.827 y JUAN MANUEL QUEVEDO VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°V-14.217.603, relacionado con el expediente Nº 012-14 por obligación de Manutención a favor de los niños LUCIANA ISABELLA QUEVEDO RODRÍGUEZ y MARIA VICTORIA QUEVEDO RODRIGUEZ.
Seguidamente el juez apertura el acto he insta a las partes a la conciliación de conformidad con lo preceptuado en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a fin de llegar a un acuerdo entre ellos:
Cediéndosele el derecho de palabra a la parte demandada quien expresa: “OFREZCO LA CANTIDAD DE OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,oo) MENSUALES, LOS CUALES DEPOSITARE EN CUOTAS SEMANALES DE DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo), EN CUANTO A LA DEUDA PENDIENTE DE GASTOS DE TRANSPORTE ESCOLAR POR LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo) los pagare junto con la primera cuota semanal fijada; así mismo se fijo cuota extraordinaria para Agosto y Diciembre aporte este fuera de la mensualidad fijada. Comprometiéndome a gestionar todo lo concerniente al proceso de inscripción en el Colegio Maria Inmaculada para el año escolar 2014-2015, y una vez realizado asumir todos los gastos del colegio; por otro lado, el día 5 de mayo del 2014, incorporare a las niñas en una Póliza de Seguro de HCM”. -------------------------------
Quien se levanto de manera intempestiva del recinto, no llegándose a ningún acuerdo, incluso dejando su Cédula de Identidad la cual se anexa al presente expediente”. Seguidamente la parte demandante: “Ratifica en toda y cada una de sus parte la presente demanda, suministro el siguiente numero de cuenta 137-0008-70-0001115782 del Banco Sofitasa, para conocimiento del Tribunal por cuanto en el Banco Bicentenario, me informaron que no poseían libreta de ahorro para abrir cuenta”. Es todo. -------------------------
En virtud de lo expuesto por las partes este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ACUERDA APERTURAR LA CAUSA A PRUEBAS POR EL LAPSO DE 8 DÍAS VENCIDOS ESTOS SE DICTARA DECISIÓN DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES. Es todo, se leyó y conformes firman.
La Juez Provisoria,
Abg. Dayana Rivas Hidalgo
Parte demandante,
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La Secretaria Titular,
Abg. Mayerlis Contreras Fuenmayor
DRH/ayqv.