REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 20 de Noviembre de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2012-000229

CESACION DE SANCIONES POR TOTAL CUMPLIMIENTO PREVIA REVISION
Este Tribunal de Ejecución en la mañana del día de hoy 20/11/2014 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES EN LIBERTAD CON CESACION en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 08/04/1995 actualmente de 19 años de edad y escuchada de vida voz de la Delegada del Centro Socio Educativo informando sobre el cumplimiento de las medidas impuestas, estando fijada Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y por cuanto ha cumplido favorablemente con todas las sanciones en forma cabal y faltando poco tiempo para culminarlas se ordenó su Cesación en Audiencia con la consecuente Libertad Plena, por lo que de seguida esta Decisora pasa a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Observando la causa en la cuarta pieza al folio 18 Sentencia Definitiva de fecha 08/01/2013 dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes, donde se declaró responsable en Debate al joven prenombrado por el delito de HOMICIDIO CULPOSO y se le condenó a cumplir de forma simultánea LIBERTAD ASITIDA Y REGLAS DE CONDUCTA POR DOS (2) AÑOS, se logró imponer el 27/02/2013 comenzando con presentaciones cada 8 días debiendo culminar el 27/02/2015.
Le elaboran su Plan Individual a corto, mediano y largo plazo, para septiembre 2013 se le realiza primera Revisión saliendo favorable y se le alargó presentaciones a cada 15 días, ya para el 21/05/2014 se le efectúa segunda Revisión también sale bien favorable y por ello se le extendió presentaciones a cada 30 días. Ahora bien en esta tercera Audiencia de Revisión en libertad efectuada el día de hoy 20/11/2014 la Delegada del Centro de Orientación con informe consignado el día de ayer detalla: “...que BRAYLAN ha dado fiel cumplimiento a sus presentaciones es bien respetuoso y atento a las orientaciones y colaborador en la Entidad a pesar de no tener asignado Servicio Comunitario, ha seguido trabajando en construcción está siendo diligencias para entrar en el Aeropuerto, tiene apoyo familiar, está estudiando en el Liceo León Trujillo de noche iniciando 8vo. Semestre y ha atendido las convocatorias del Centro, tiene proyecto de vida adecuado... Por su parte la Defensa Pública considera que ha cumplido con todo pide se le amplíe sus presentaciones. La Fiscalía lo felicita por el informe y no se opone a la extensión de asistencia.
Siendo esto así, esta Decisora escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia y analizado el Informe evolutivo tanto las 2 primeras revisiones como el referido a esta Audiencia, observa que IDENTIDAD OMITIDAha tenido excelente evolución en este semestre, no solo cumplió con presentaciones sino que siempre fue respetuoso y atendió orientaciones, se ha mantenido trabajando todo este tiempo y además estudiando atendiendo las convocatorias efectuadas tanto en el Centro como en el Tribunal, tiene apoyo familiar y por si fuera poco ha colaborado con el Centro sin que se lo pidan, por lo considera esta Decisora que este joven ha concientizado el daño causado, por lo que se DECLARA CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES por haberlas cumplido todas, aún cuando para esta fecha le faltan algunos meses para finalizar el tiempo dispuesto de sus medidas en libertad, considera este Órgano Judicial que el fin último de la LOPNNA para BRAYLAN DANIEL DIZ SPITTIA se logró, por lo que se exonera del tiempo que le faltaba por culminar y se Decreta CESACION de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por total cumplimiento, por haberse logrado el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social, en consecuencia es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE TODAS LAS SANCIONES por total cumplimiento y adicionalmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Revisión de Sanciones con CESACION POR TOTAL CUMPLIMIENTO al joven IDENTIDAD OMITIDA, con informes bien favorables con todo lo encomendado en Libertad Asistida y Reglas de Conducta lográndose el fin último de la LOPNNA formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social, en consecuencia es procedente acordar su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de esta Ley especial.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Los intervinientes quedaron notificados en la Audiencia respectiva. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ