REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 5 de Noviembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: WP21-J-2014-001174
Por recibida solicitud de Autorización para tramitar PASAPORTE de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, presentada por la ciudadana CARLA ALEJANDRA LOZADA CARDONA, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.627.707, debidamente asistida por el Defensor Publico Primero del Sistema de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Unidad de Defensa Pública del Estado Vargas abogado ROGER ABREU, actuando en interés de la niña de once (11) año de edad, Titular de la cédula de identidad V- 30.170.310 así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento público de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor de la niña de once (11) año de edad, a tal efecto se ordena librar oficio a Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena la devolución de documentos originales, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Líbrese oficio. Cúmplase.-
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Nohemi Rosendo Reyes
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