REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

San Cristóbal, estado Táchira, Lunes Diez (10) de noviembre de 2014, siendo las 9:10 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, junto con el ciudadano GONZALO TAPÍAS PEÑA, titular de la cédula de identidad No. V-22.641.896, debidamente asistido por el Abogado LUIS JIMMY VILLAMIZAR BUITRAGO, titular de la cédula de identidad No. V-13.973.094 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 111.334, en un inmueble ubicado en la calle 10 con Pasaje Cumaná, No. 0-12, Parroquia San Juan Bautista, Municipio san Cristóbal del estado Táchira; a fin de llevar a cabo la Inspección Judicial solicitada. El Tribunal deja constancia que se hizo acompañar del ciudadano JOSÉ ALEXIS D’YONGH, titular dela cédula de identidad No. V-12.771.418, designado como Perito y quien estando presente aceptó el cargo y prestó el debido juramento de Ley. Seguidamente el ciudadano Juez, da apertura al acto, cediendole el derecho de palabra a la parte actora, quien expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. En este estado el ciudadano Juez, pasa a dejar constancia de los particulares solicitados de la manera siguiente: AL PRIMERO: El Tribunal deja constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido, ubicado en la Calle 10 del Pasaje Cumaná, No. 0-12, se encuentra ocupado por el solicitante Gonzalo Tapias Peña y su grupo familiar, compuesto por: Karina Pérez Montilva (Nuera), Javier Tapias (hijo), Yaneth Graciela Uribe (Cónyuge), Claudia Stefany Tapias (Hija), Keyler José Pérez (Nieto), Javier Alejandro tapias (Nieto) David Alejandro Tapias E. (Nieto) David tapias Uribe (Hijo). AL SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido, efectivamente está siendo utilizado como vivienda. AL TERCERO: El Tribunal deja constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido, se encuentran bienes muebles como: Cocina, lavadora y enceres propios del hogar, tanto en las habitaciones como en las áreas comunes que se encuentran dentro del inmueble. AL CUARTO: El Tribunal deja constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido, existe entre la vivienda y el galpón ubicado en la parte trasera del inmueble, un patio como área común, donde se encuentran la cocina industrial, lavadora, tendedero de ropa y dos baños. AL QUINTO: El Tribunal deja constancia que en la parte posterior del inmueble, se encuentra un área destinada a un galpón donde se aprecia maquinaria de carpinteria, sin actividad de ningún tipo. AL SEXTO: El Tribunal deja constancia que existe solo una puerta de acceso al inmueble por las área comunes. AL SEPTIMO: El Tribunal deja constancia que el inmueble inspeccionado cuenta con todos los servicios públicos de agua, electricidad, transporte y se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad e higiene. AL OCTAVO: El Tribunal deja constancia que los linderos del inmueble inspeccionad, se encuentran dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Calle 10, SUR: Con Vivienda, ESTE: Con casa No. 0-26 y OESTE: Con casa No. 0-6 y todo lo que rodea al inmueble son inmuebles destinados a vivienda. En este estado el solicitante Gonzalo Tapias asistido de abogado, haciendo uso del particular NOVENO solicita al ciudadano Juez, deje constancia que dentro del área destinada a galpón, se encuentra ubicada una habitación que está siendo habitada por mi hijo, su esposa y grupo familiar. Seguidamente el ciudadano Juez, deja constancia, que efectivamente dentro del galpón se encuentra una habitación con dos camas y televisor, utilizada como dormitorio del hijo del solicitante, es todo. Se acuerda un plazo de Dos (02) días de despacho para que el experto fotografo consigne el soporte fotográfico. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevadas por este Tribunal. No siendo otro el objeto del tribunal, se da por terminado el acto, siendo las 10:45 de la mañana regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta a los presentes sin objetar la misma, conformes firman. DR. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. (Fdo. Ilegible) Lugar del Sello. GONZALO TAPIAS PEÑA. SOLICITANTE (Fdo: Ilegible) ABOGADO LUIS YIMMY VILLAMIZAR. ABOGADO ASISTENTE (Fdo. Ilegible) JOSÉ ALEXIS D’YONGH EXPERTO FOTOGRAFO (Fdo. Ilegible) ABG. CARMEN B. MORENO PÉREZ. SECRETARIA (Fdo. Ilegible)