REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.
San Cristóbal, estado Táchira, Martes Cuatro (04)de noviembre de 2014, siendo las 9:40 de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, junto con los Abogados Nelsón Wladimir Grimaldo Hernández y Juan José Fabrega Mendez, titulares de la cédula de identidad Nos. V-9466.898 y V-13.350.454, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 53.375 y 83.046, quienes actuan con el carácter de co apoderados de la ciudadana Elsa Marina Corzo de Gafaro, según poder autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, de fecha 23 de octubre de 2014, inserto bajo el No. 23, Tomo 265, folios 121 hasta el 123, el cual fue presentado para su vista y devolución, dejando en su lugar copia fotostatica para ser certificada por Secretaría y sea agregada a la presente acta; en un inmueble ubicado en la calle 5 de la Concordia, No. 7-83, donde funciona RT REAL TAPIZ C.A.; a fin de llevar a cabo la Inspección solicitada. Se encuentra presente el ciudadano Remigio Ramírez Araque, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-1.529.779, quien fue notificado del objeto y misión del Tribunal, permitiendo el acceso del Tribunal al inmueble. Se encuentra igualmente presente el Ingeniero José Alfonso Murillo Oviedo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.239.533, inscrito en el Colegio de Ingenieros bajo el No. 51.192 y en el Colegio de Profesionales de la Topografía bajo el No. 2411, quien fuere designado como Experto en el presente acto y quien aceptó el cargo, prestando el debido juramento de Ley. Seguidamente los apoderados actores Abogados Nelson Wladimir Grimaldo y Juan José Fabrega, solicitaron muy respetuosamente llevar a cabo la Inspección Ocular sobre los particulares solicitados. En este estado el ciudadano juez, pasa a dejar constancia de los particulares solicitados de la manera siguiente: AL PRIMERO: El Tribunal se encuentra ubicado en la Calle 5 de la Concordia con Ocatava Avenida, dejando constancia que él mismo está constituido en un inmueble ubicado en la Octava Avenida con calle 5, sector La Concordia, signado con los Nos. 7-59 y 4-162. AL SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que para el momento de realizar la Inspección se encuentran ocupando el inmueble, los siguientes ciudadanos: Remigio Ramirez Araque, titular de la cédula de identidad no. V-1.529.779, Miguel Angel Ramirez Torres, titular dela cédula de identidad no. V-10.149.036, Yanely María Ramírez Torres, titular de la cédula de identidad no. V-9.239.198, María Valesca Aguilar Ramirez, titular de la cédula de identidad no. V-23.825.908 y María Vanesa Aguilar Ramírez, titular de la cédula de identidad N. V-23.827.930. AL TERCERO: El Tribunal deja constancia que el inmueble que está signado con el No. 4-162, se encuentra funcionando una venta de materiales de Tapicería, así mismo en el inmueble signado con el No. 7-59 se utiliza como vivienda; por cuanto se observaron habitaciones, ocupadas, cocina, comedor y enseres personales. En cuanto al Particular Cuarto y Quinto de la solicitud, se le ordena al experto designado presentar el informe con su respectivo material fotográfico en un lapso de 24 horas. Seguidamente el co apoderado actor Abogado Nelson Wladimir Grimaldo, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Solicito al Tribunal deje constancia que en el área del inmueble que se utiliza como Local Comercial, se encuentra funcionando una sociedad mercantil denominada Real Tapiz C.A.. El Tribunal visto el pedimento de la parte solicitante, deja constancia que efectivamente en una cartelera se observa que existe una denominación, en primer lugar, Real Tapiz C.A., con RIF J-40117913-4, ubicado en la calle 5, Casa no. 7-83, Sector la Concordia y en segundo lugar, un fondo de comercio que se denomina Almacén de Tapicería y Zapatería RA, con RIF V-01529779-0, ubicado en la avenida 8 con calle 5, casa No. 4-162, Sector La Concordia. Seguidamente el Experto designado manifiesta al ciudadano juez, que en acatamiento a la orden dada, presentaré el informe en el plazo de 24 horas. Seguidamente el ciudadano Juez cumplida como ha sido la Inspección, se da por terminado el acto, siendo las 10:45 de la mañana regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta a los presentes sin objetar la misma, conformes firman. Lo enmendado “No. 51.192” Vale. Se agrega la Copia del Poder. DR. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. (Fdo. Ilegible) Lugar del Sello. ABOGADOS NELSON W. GRIMALDO H. y JUAN JOSÉ FABREGA. COAPODERADOS ACTORES. (Fdo. Ilegible) INGENIERO JOSÉ ALFONSO MURILLO. EXPERTO. (Fdo. Ilegible) ABG. CARMEN B. MORENO PÉREZ. SECRETARIA (Fdo. Ilegible)