En el día de hoy, DIEZ (10) de noviembre de 2014, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos LUZ MIREYA SUAREZ, mayor de edad, titular de la cédula Nº 16.422.394 y EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº 5.363.578, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CHIRINOS, quien manifestó: “ofrezco aumentar la manutención en la cantidad de MIL CUARENTA BOLIVARES (Bs. 1040,00) adicionales a los DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 260,00) que tenia fijados para un total de MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300,00) mensuales0, pagaderos los primeros cinco días hábiles de cada mes, y en cuanto a las dos bonificaciones especiales mantengo el acuerdo de cubrir en el mes de Septiembre los gastos escolares y uniformes completos y en el mes de Diciembre los estrenos completos comprendidos en dos mudas de ropa y calzado de buena calidad, para uno de mis hijos JAMPIER YONEIKER HERNANDEZ SUAREZ y que la madre cubra los gastos de la niña.” ES TODO. SEGUIDAMENTE SE LE concede el derecho de palabra a la ciudadana LUZ MIREYA SUAREZ, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo ofrecido por el padre de mis hijos y manifiesto que yo igualmente cumpliré en cubrir en el mes de Septiembre los gastos escolares y uniformes completos y en el mes de Diciembre los estrenos completos comprendidos en dos mudas de ropa y calzado para mi hija LURKIERH HERNANDEZ SUAREZ, pido que sea puntual con el pago de la mensualidad mediante deposito directo a la cuenta del Banco”. Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NINOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del mes de noviembre de 2014. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
LUZ MIREYA SUAREZ ______________________________
EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CHIRINOS ___________________
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
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