REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas
Maiquetía, once (11) de noviembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO : WP12-S-2014-000951

SOLICITANTE: MARY DEL VALLE TOVAR HURTADO, mayor de edad, venezolana, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-12.717.735.
ABOGADA ASISTENTE: CARMEN YELITZA ALDANA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 135.204.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Se inician las presentes actuaciones mediante escrito presentado por la ciudadana MARY DEL VALLE TOVAR HURTADO, mayor de edad, venezolana, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-12.717.735, en representación de sus hermanos MARTA ADRIANA YNFANTE HURTADO, LIGIA COROMOTO TOVAR HURTADO, ADRIAN ARTURO YNFANTE HURTADO, YESSY DEL CARMEN TOVAR HURTADO, RAFAEL ANTONIO TOVAR HURTADO, RAFAEL ENRIQUE TOVAR HURTADO y LUIS ENRIQUE TOVAR HURTADO, asistida por la abogada CARMEN YELITZA ALDANA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 135.204, mediante el cual solicita se le declare a ella y a sus hermanos, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de la De-cujus MARTA ELENA HURTADO, quien falleció en fecha 14 de agosto de 2013, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-4.114.901, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 16 de septiembre de 2014, fue admitida la presente solicitud, siendo fijada en ese mismo acto la oportunidad para que se verificara la declaración de los testigos, siendo diferida la misma por auto de fecha 25 de septiembre de 2014.
En fecha 29 de septiembre de 2014, se declaro desierto el acto y en fecha 23 de octubre de 2014, compareció la solicitante y solicito se le fijara nueva oportunidad para que los testigos dieran su testimonio, el cual fue acordada por auto de fecha 29 de Octubre de 2014.
En fecha 04 de noviembre de 2014, los ciudadanos XIOBETSAY ROSSMAR HERNANDEZ DIAZ y XIOMARBEL ELENA GARCIA GIL, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.726.227 y V-16.105.753, respectivamente, en calidad de testigos rindieron su declaración.
Siendo la oportunidad para resolver, observa el Tribunal los elementos probatorios consignados por la solicitante como fundamento de su solicitud:
Copia certificada del Acta de Defunción de la ciudadana MARTA ELENA HURTADO, de fecha 15 de agosto de 2013, asentada bajo el Nro. 231, de los Registros de Defunciones del año 2013, por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas, inserta a los folios tres (3) y cuatro (4).
Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos MARTA ELENA HURTADO y ANTONIO TOVAR, de fecha 21 de febrero de 1975, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Prefectura del Municipio Vargas, inserta al folio cinco (5).
Copia certificada del Acta de Defunción, del ciudadano RAFAEL ANTONIO TOVAR AZUAJE, de fecha 04 de marzo de 1962, asentada bajo el N°77,Folio 39, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas, inserta al folio seis (6).
Copia certificada del Acta de nacimiento, de la ciudadana LIGIA COROMOTO TOVAR HURTADO, de fecha 17 de julio de 1967, asentada bajo el N° 1690, folio 353 vto, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Prefectura del Municipio Vargas, inserta al folio ocho (8).
Copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana MARY DEL VALLE TOVAR HURTADO, de fecha 07 de agosto de 1974, asentada bajo el Nro.757, expedida en fecha 12/02/2014, por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas, inserta al folio nueve (9).
Copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana YESSY DEL CARMEN TOVAR HURTADO, de fecha 24 de mayo de 1984, asentada bajo el Nro. 439, expedida en fecha 19/11/2013, por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas, inserta al folio diez (10).
Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano RAFAEL ANTONIO TOVAR HURTADO, de fecha 24 de febrero de 1971, asentada bajo el Nro. 257, expedida en fecha 07/12/1981, por la Jefatura Civil de la Parroquia Maiquetía, Prefectura del Departamento Vargas, inserta al folio once (11).
Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano RAFAEL ENRIQUE TOVAR HURTADO, de fecha 18 de enero de 1973, asentada bajo el Nro. 37, expedida en fecha 15/09/1993, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Prefectura del Municipio Vargas, inserta al folio doce (12).
Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano LUIS ENRIQUE TOVAR HURTADO, de fecha 31 de enero de 1977, asentada bajo el Nro.133, expedida en fecha 30/09/2013, por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Unidad de Registro Civil, Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas, inserta al folio trece (13).
Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano ADRIAN ARTURO YNFANTE HURTADO, de fecha 05 de abril de 1993, asentada bajo el Nro.316, expedida en fecha 17/08/2005, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Prefectura del Municipio Vargas, inserta al folio catorce (14).
Copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana MARTA ADRIANA YNFANTE HURTADO, de fecha 05 de febrero de 1996, asentada bajo el Nro.3, expedida en fecha 09/06/2007, por la Jefatura Civil de la Parroquia La Guaira, Prefectura del Municipio Vargas, inserta al folio quince (15).
Datos Filiatorios del ciudadano RAFAEL ANTONIO TOVAR AZUAJE, expedida por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios.
Dichas documentales constituyen instrumento público, motivo por el cual se les atribuye el valor probatorio propio de tales instrumentos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 77 de la Ley de Registro Civil, en cuanto de ellos se evidencia, el fallecimiento de la causante y su filiación con los solicitantes como hijos. Así se establece.
Cursan en autos, las Testimoniales de los ciudadanos XIOBETSAY ROSSMAR HERNANDEZ DIAZ y XIOMARBEL ELENA GARCIA GIL, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.726.227 y V-16.105.753, respectivamente, insertas a los folios 32 y 34.
Según se desprende del contenido de las testimoniales rendidas, los testigos fueron contestes sobre los particulares a que se contrae la solicitud y dieron los motivos de sus declaraciones. Es por ello, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se aprecia las declaraciones rendidas.
Del análisis de las pruebas, se evidencia correspondencia con los hechos alegados por la solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante MARY DEL VALLE TOVAR HURTADO, y sus hermanos MARTA ADRIANA YNFANTE HURTADO, LIGIA COROMOTO TOVAR HURTADO, ADRIAN ARTURO YNFANTE HURTADO, YESSY DEL CARMEN TOVAR HURTADO, RAFAEL ANTONIO TOVAR HURTADO, RAFAEL ENRIQUE TOVAR HURTADO y LUIS ENRIQUE TOVAR HURTADO, como herederos de la causante MARTA ELENA HURTADO, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y así será establecido expresamente.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos MARY DEL VALLE TOVAR HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 12.717.735, MARTA ADRIANA YNFANTE HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 24.182.312, LIGIA COROMOTO TOVAR HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 6.494.389, ADRIAN ARTURO YNFANTE HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 24.182.323, YESSY DEL CARMEN TOVAR HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 18.931.863, RAFAEL ANTONIO TOVAR HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 10.581.562, RAFAEL ENRIQUE TOVAR HURTADO titular de la cédula de identidad N° 11.643.748 y LUIS ENRIQUE TOVAR HURTADO, titular de la cédula de identidad N° 12.717.736, todos venezolanos, con respecto a su causante MARTA ELENA HURTADO, ello dejando a salvo el derecho de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y de la Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, a los once (11) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014).
AÑOS. 204° de la Independencia y 155º de la Federación.
EL JUEZ,

DR. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las (02:36p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA

Abg. DENICE PINTO