En el día de hoy, miércoles veintidós (22) de octubre de dos mil catorce, siendo el día y hora fijado para que tenga lugar la AUDIENCIA DE CONCILIACION, De conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil; la Juez declara legalmente abierto el acto con la asistencia de la parte demandante constituida por los ciudadanos AMERICA MEDINA DE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 1.557.358 debidamente asistida por la abogada ISELA TRINA DIAZ MARVAL, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 189.953, Seguidamente, se deja constancia que abierta como se encuentra la presente Audiencia de conciliación no se hizo presente la parte demandada ni por si, ni por medio de Apoderado alguno, en tal sentido, como quiera que la finalidad de la presente Audiencia es la de conciliar las posiciones de ambas partes, resulta imposible dicha conciliación en este acto dada la incomparecencia de la parte demandada, no produciendo la misma efecto alguno en el presente proceso; Es todo termino, se leyó y conforme firman, siendo las 2:20 minutos de la mañana.
JUEZ TITULAR

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
PARTE DEMANDANTE:
AMERICA MEDINA DE SANCHEZ

ABOGADO ASISTENTE : ISELA TRINA DIAZ MARVAL

LA SECRETARIA

ABG. MIRIAN CAROLINA MARTINEZ QUINTERO
Exp. 017-2014
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