REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, (31) treinta y uno de octubre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

ASUNTO: WP12-S-2014-001324

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, y los recaudos consignados como fundamentos de la misma, presentada por los ciudadanos ANDERSON FELIPE FIGUERA VILLARROEL Y REYNALDO JOSE FIGUERA VILLARROEL, mayores de edad, venezolanos, solteros, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidades Nros. V- 14.768.957 y 17.958.293, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.137.320, éste Tribunal lo admite por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres. En consecuencia, se ordena librar oficios a la Dirección de Catastro Municipal del estado Vargas, así como a la Oficina Técnica Municipal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana en el Municipio Vargas, una vez conste en autos la consignación de los fotostatos correspondientes, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el titulo Supletorio pertenece al Municipio Vargas, si es de carácter agrícola y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento. Asimismo, certifique la existencia de las bienhechurías de conformidad con lo establecido en la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional, y la ordenanza sobre certificaciones de Bienhechurías para los Títulos Supletorios, para lo cual deberá remitir dicha información a este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA,

Abg. MARIA ANTONIETA BEROES
Exp. N° WP12-S-2014-001324.
PLF/DP/ Carlos.-