REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

SOLICITUD N° WP12-S-2014-000712
SOLICITANTE: INDIRA OMAILI RONDÓN MAYORA, mayor de edad, venezolana, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-18.755.576.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE SOLICITANTE: VÍCTOR JOSÉ CARABALLO VILLARROEL, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.014.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
FECHA: 06/OCTUBRE/2014

Vista la solicitud presentada por el ciudadano VÍCTOR JOSÉ CARABALLO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-6.486.416, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.014, Apoderado Judicial de la ciudadana INDIRA OMAILI RONDÓN MAYORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.755.576, mediante la cual solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, que corre inserta bajo el Acta Nº 26, Folio 13, de fecha veinte (20), de febrero, de los libros de Registro Civil para Nacimientos, llevados por la Dirección General de Gobierno Municipal, Dirección de Registro Civil Alcaldía del Municipio Vargas del estado Vargas, durante el Año 1989, por adolecer del siguiente error:
1. “... Por error involuntario del funcionario a quien correspondió levantar una copia fiel y exacta por transcripción (método utilizado para la época en papel sellado) del Libro de Acta de Nacimiento en fecha 30 de enero de 1990, la misma fue consignada para solicitar ante la sede del SAIME los datos filiatorios y una segunda copia el 20 de septiembre de 2000, señaló claramente que el nombre de mi representada es INDIRA señalando en forma correcta según la gramática española una “I” en Indira, es de extrañar que en los Libros del Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, al igual que el Libro del Registro Principal, ubicado en la Avenida Urdaneta, Distrito Capital, Caracas, se puede leer en la copia fotostática (forma actual copiado directo del Libro de Acta de la forma “YNDIRA” siendo incorrecto en su forma gramatical al confundirse la “Y” griega o Ye, cuando lo correcto es una “I” latina de Indira…”
2. En todos sus actos civiles (administrativos y judiciales), tales como cédula de identidad, datos filiatorios, título de bachiller, rif, entre otros, aparece INDIRA y no YNDIRA.

El Tribunal, previa consignación de los recaudos respectivos, admitió la solicitud en fecha 22 de julio de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil, ordenó la notificación de la Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la cual fue practicada por el Alguacil del Tribunal, tal como consta a los folios 30, 31 y 33 de la presente solicitud.
Seguidamente el Tribunal observa que el solicitante consignó como fundamento de su solicitud los siguientes documentos:
1. Poder Especial autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del estado Vargas, de fecha 30/05/2014. (Insertas a los folios 03, 04 y 05).
2. Fotocopia de la Cédula de Identidad de la solicitante. (Inserta al folio 06).
3. Copia Certificada del Acta Nº 26, de los libros de Registro Civil para Nacimientos, (Folio 13 y vuelto), expedida por la Dirección General de Gobierno Municipal, Dirección de Registro Civil, Alcaldía del Municipio Vargas del estado Vargas, del Año 1989, de la ciudadana INDIRA OMAILI RONDÓN MAYORA, expedida en fecha 18/07/2014, folio 07 y su vto.
4. Copia certificada de Acta de Nacimiento Nro. 26, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas, de fecha 20/09/2000. (Inserta al folio 09).
5. Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF), de la solicitante. (Inserta al folio 10).
6. Copia de Datos Filiatorios, de fecha 29/08/2012, expedida por el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME). (Inserta al folio 24).
7. Copia del Título de Bachiller. (Inserta al folio 12).
8. Copia de certificado de curso de Auxiliar de Preescolar. (Inserta al folio 13).
9. Copia de Título de Licenciado en Educación. (Inserta al folio 14).
10. Copia de Certificación de Calificaciones. (Inserta a los folio 15 y 16).
11. Copia certificada de Acta de Nacimiento de la solicitante, expedida por el Registro Principal del Distrito Capital. (Inserta a los folio 18, 19 y su vuelto).

Los antes descritos documentos tienen el carácter de públicos, evidenciándose de ellos claramente lo alegado para la rectificación del Acta de Nacimiento solicitada, por lo que cumplidos como han sido los parámetros establecidos en la Ley, declara que resulta procedente llevar a las actas la veracidad de las menciones que deben contener.
En consecuencia, éste Juzgado de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 501 del Código Civil, 773 y 389 Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, declara que los puntos sobre los cuales versa la solicitud son de MERO DERECHO y por lo tanto debe sustanciarse y decidirse en FORMA SUMARIA con los elementos de autos. Y así se declara.