REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas
Maiquetía, veintisiete de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO : WP11-L-2014-000114

Por cuanto la parte demandada no dio cumplimiento voluntario a la sentencia firme de fecha 09 de junio de 2014, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes propiedad de la demandada, hasta cubrir la cantidad de BOLIVARES CIENTO VENTITRES MIL CIENTO NUEVE CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.123.109,74), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de BOLIVARES SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.61.554,87),. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero, el embargo será por la suma condenada a pagar de BOLIVARES SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.61.554,87). Este Tribunal fija para el miércoles 19 de noviembre de 2014, a las once horas de la mañana (11:00 a.m.), la práctica de la medida de embargo. Cúmplase.-
LA JUEZ,

REBECA MARTÍNEZ L.
LA SECRETARIA,

DELIA GOUVEIA

Parte Demandante: OMAR ESCALONA
Parte Demandada: LUIS JOSE ALVAREZ OROPEZA (PERSONA NATURAL) y ADUANERA COQUIVACOA, C.A.,
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS