REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, dos (02) de octubre de dos mil catorce (2014)
204º Y 155º
ASUNTO: WP11-L-2014-000139
PARTE ACCIONANTE: ANA CLEMENCIA OSPINO PÉREZ, titular de la cédula de identidad número V-6.483.086.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: SIUL LEGNA ORONOZ GÓMEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 177.625.
PARTE DEMANDADA: EL SIFON DE NAIGUATA I, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSÉ RAMOS GASPAR, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 41.964, según consta en documento poder que es consignado a los autos previa certificación por Secretaría.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.


En el día hábil de hoy, dos (02) de octubre de dos mil catorce (2014), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma los ciudadanos: en el presente proceso, compareció a la misma el ciudadano: ANTONIO JOSÉ RAMOS GASPAR, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte accionante, quien no asistió ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en la oportunidad legal. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 204° y 155°.-
LA JUEZ PROVISORIA,


Dra. RAQUEL CASTEJÓN
LA PARTE COMPARECIENTE:


ANTONIO JOSÉ RAMOS GASPAR,


LA SECRETARIA

ABG. GABRIELA LUDEÑA.