REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 204° y 155°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2014-000364
PARTE ACTORA: RONALD JOSE PASTRAN PASTRAN identificado con la cédula Nro.21.220.107
ABOGADO ASSITENTE DE LA PARTE ACTORA: MILAGROS ANDREU SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.67.059
PARTE DEMANDADA: ALFARERIA DOÑA FLOR C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LIBIA JOSELIB ROSALES MONSALVE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.67.059
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 23 de septiembre de 2014, a las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se deja constancia que no se hizo presente la parte actora por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada LIBIA ROSALES MONSALVE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.123.125, representación que se evidencia de instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Cuarta de San Cristóbal, el día 30 de abril de 2013, el cual consigna en copia simple idéntica a su original constante de 3 folios. Seguidamente el Tribunal de conformidad a lo dispuesto por el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandada,
El Secretario,
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