REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 23 de Abril 2015
205º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL WV01-D-2011-000003

CESACION DE SANCIONES POR TOTAL CUMPLIMIENTO PREVIA REVISION
Este Tribunal de Ejecución en la mañana del día de hoy 23/04/2015 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES EN LIBERTAD CON CESACION en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 07/03/1996 actualmente de 19 años de edad y escuchada de vida voz de la Delegada del Centro Socio Educativo informando sobre el cumplimiento de las medidas impuestas, estando fijada Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y por cuanto ha cumplido favorablemente con todas las sanciones en forma cabal y faltando poco tiempo para culminarlas se ordenó su Cesación en Audiencia con la consecuente Libertad Plena, por lo que de seguida esta Decisora pasa a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP por remisión del artículo 537 de la Ley penal especial.
Del expediente se puede evidenciar en la primera pieza al folio 28 Sentencia Definitivamente firme publicada en fecha 17/10/2012 por la Corte de Apelaciones del Estado Vargas confirmando la Sentencia dictada en admisión de Hechos por el Tribunal Segundo de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes, donde se declaró responsable penalmente a IDENTIDAD OMITIDA por el delito de ACTOS LASCIVOS y se le condenó a cumplir LIBERTAD ASITIDA por DOS (2) AÑOS y consecutivamente REGLAS DE CONDUCTA por UN (1) AÑO y 4 MESES, se logró imponer ESTA Sentencia el 06/12/2012 comenzando con presentaciones cada 15 días.
Le elaboran su Plan Individual a corto, mediano y largo plazo, en Febrero 2013 consigna constancia de estudios de 4to. año de Bachillerato, para Julio 2013 se efectúa primera Revisión saliendo positivo se le otorgó el beneficio de presentaciones a cada 30 días, posteriormente en Enero 2014 también sale bien favorable consignando constancia de notas e inicio del 5to. año de Bachillerato y se le extendió presentaciones a cada 45 días, ya para Agosto 2014 se le efectúa tercera Revisión haciendo constar su buena evolución culminando su Bachillerato e inscripción en la UNEFA y con acompañamiento de los padres, se le otorgó Cesación de la Libertad Asistida y se le extendió presentaciones a cada 60 días dentro de las Reglas de Conducta. Ahora bien en esta cuarta Audiencia de Revisión en libertad efectuada el día de hoy 23/04/2015 la Delegada del Centro de Orientación con informe consignado el Febrero 2015 detalla: “...que asiste puntualmente, se muestra colaborador y respetuoso, se le ha fortalecido su autoestima, tiene apoyo incondicional de sus familiares, se trabajó con abordaje a la familia, culminó su bachillerato satisfactoriamente y estudia en la Unefa Ingeniería Mecánica... Por su parte la Defensa Pública considera que ha cumplido con todo dándose el fin último de la LOPNNA y por cuanto le falta poco del término de su medida pide el Cese por total cumplimiento. La Fiscalía no se opone al Cese ha dado fiel cumplimiento a todo lo ordenado por el Tribunal.
Siendo esto así, esta Decisora escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia y analizado el Informe evolutivo tanto los de las 3 primeras revisiones como el referido a esta Audiencia, observa que IDENTIDAD OMITIDA ha tenido excelente evolución siempre, cumpliendo con sus presentaciones en todo momento y las actividades programadas respetuoso y atento a las orientaciones impartidas culminando el Bachillerato e iniciando estudios Superiores consignando el día de hoy constancia al efecto y con apoyo de ambos padres acompañándolo en todas las audiencias, por lo considera esta Decisora que este joven ha concientizado el daño causado, por lo que se DECLARA CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES por haberlas cumplido todas, aún cuando para esta fecha le falta unos meses para finalizar el tiempo dispuesto de sus medidas en libertad, considera este Órgano Judicial que el fin último de la LOPNNA para este joven se logró, por lo que se exonera del tiempo que le faltaba por culminar y se Decreta CESACION de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por total cumplimiento, por haberse logrado el objetivo primordial de esta Ley Especial de formarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social, en consecuencia es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE TODAS LAS SANCIONES por total cumplimiento y adicionalmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Revisión de Sanciones con CESACION POR TOTAL CUMPLIMIENTO al joven IDENTIDAD OMITIDA, con informes bien favorables con todo lo encomendado en Libertad Asistida y Reglas de Conducta lográndose el fin último de la LOPNNA formándolo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social, en consecuencia es procedente acordar su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de esta Ley especial.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Los intervinientes quedaron notificados en la Audiencia respectiva. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. MARVIC VELASQUEZ