REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiocho (28) de abril del año dos mil quince (2015)
205º Y 156º
ASUNTO: WP11-L-2015-000002
PARTE ACCIONANTE: LUÍS GONZALO CAMACARO PEÑA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.465.323,
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: BRAVO NARANJO NINOSKA ALEXANDRA, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL Nro. 164819, PROCURADORA DE TRABAJADORES.
PARTE DEMANDADA: “ENTIDAD DE TRABAJO EL RINCÓN DEL MILENIO F.S., C.A.
APODERADO DE LA ACCIONADA: CARMEN JOSEFINA MIERE BLANCO y SULVARAN VILLAMIZAR CARMEN: Abogadas en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números: 97.741, y 81.869, respectivamente.
En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de abril del año dos mil quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar en el presente proceso, se deja constancia que comparecieron a la misma el ciudadano LUÍS GONZALO CAMACARO PEÑA, parte actora, representado por la profesional del derecho BRAVO NARANJO NINOSKA ALEXANDRA, por una parte, y por la otra en representación de la accionada las profesionales del derecho CARMEN JOSEFINA MIERE BLANCO y SULVARAN VILLAMIZAR CARMEN, Todos identificados anteriormente. Dándose así inicio a dicho acto, en este estado el Ciudadano LUÍS GONZALO CAMACARO PEÑA, debidamente representado manifiesta al Tribunal su deseo de desistir del presente procedimiento de Cobro de Prestaciones Sociales COMO EN EFECTO LO HIZO, reservándose el derecho para volver a demandar. En este estado encontrándose presente la representación Judicial de la parte accionada acepta el desistimiento en los términos planteados, y señala que nada le deben al ex trabajador, por Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales en talo sentido el Tribunal una vez oído los alegatos de la partes y explicado las consecuencias del desistimiento a las mismas HOMOLOGA el Desistimiento en los términos planteados y otorga efecto de cosa juzgada, en consecuencia entrega las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. En consecuencia da por terminado el presente procedimiento y ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial
LA JUEZ,
Dra. GIOCONDA CACIQUE
LAS PARTES COMPARECIENTES,
PARTE ACTORA Y SU
APODERADO JUDICIAL
ABOGADAS AAPODERADAS DE
LA DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANA GONZALEZ
WP11-L-2015-000002
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