REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 17 de Abril de Dos Mil Quince.-
Visto el Convenimiento efectuado por los ciudadanos: OMAR ALEXIS ZAMBRANO ANDRADE y (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), Venezolanos, mayor de edad el primero y el segundo adolescente, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-10.748.397 y V-26.534.277, quienes en presencia del ciudadano Juez llegaron a un acuerdo con respecto al Aumento de la Obligación de Manutención, en la cual el ciudadano OMAR ALEXIS ZAMBRANO ANDRADE, se compromete a cancelar por tal concepto la suma de 1.000,oo Bolívares mensuales Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José Maria Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Déjese Copia Certificada de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Así mismo por cuanto manifiestan que la progenitora del adolescente falleció tal y como se evidencia del acta de defunción inserta al folio 194, ofíciese al Banco Bicentenario a los fines de que remitan el estado de cuenta de la cuenta signada con el N° 0070030430060151470 a nombre de la ciudadana GARCIA ORTIZ NERY MARI. Cúmplase.
EL JUEZ,
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Abg. GEORGE LASTRA POZO
EL SECRETARIO,
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ABG. JOSE ENRIQUE GANDICA GONZALEZ.
EXP.- 801-2008
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