REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
La Grita, 14 de Agosto de 2015.-
205º y 156º
Visto el Convenimiento celebrado por las partes en la presente causa según actas de fecha 11 de Agosto de 2015, en el cual la ciudadana NIDIA KARELIS MENDEZ HERRERA, se dio por intimada y reconoció la deuda contraída en el instrumento cartular, deuda que asciende a la suma de Trescientos Setenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y Cinco Bolívares con Veinticinco Céntimos (374.135,25 Bs.) que corresponde a la totalidad de la deuda, a saber capital, intereses y honorarios profesionales, y a los fines de llegar a un acuerdo propone la entrega de la cantidad de Ciento Ocho Mil Doscientos Bolívares con Veinticinco Céntimos (108.200,25 Bs.) quedando un saldo de Doscientos Sesenta y Cinco Mil Novecientos Treinta y Cinco Bolívares (265.935,00), los cuales se compromete a cancelar en un plazo de Un (01) mes contados a partir de la presente fecha. La parte demandante recibe conforme en el acto y acuerda de conformidad el plazo solicitado por la parte demandada. En consecuencia este tribunal acuerda: PRIMERO: Homologar el presente Acuerdo como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Anótese en el libro respectivo la presente decisión y déjese copia de la misma para el archivo del tribunal. TERCERO: no archivar la causa hasta que no conste en autos que ya se cancelo la totalidad de la deuda. Cúmplase.-
EL JUEZ,
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Abg. GEORGE LASTRA POZO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
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ABG. JUSTINE MORA RUIZ
En la misma fecha se hizo lo acordado y se dejó copia para el archivo del Tribunal. _______________________
LA SECRETARIA TEMPORAL
EXP. N° 2404-2015
GLP/navor.-