REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 9 de diciembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO: WP21-J-2015-001275
Vista la solicitud de Carga Familiar presentada por la ciudadana FRANCYS AISKEL ECHARRY JACKSON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.577.088, actuando en interés del niño de TRES (03) años de edad, NACIDO EN FECHA 04/09/2012 debidamente asistido por el Defensor Público Sexto (6to) ABG. RAUL RONDON RENGES del Sistema de protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, mediante la cual solicita del Tribunal que el prenombrado niño sea incluido como su CARGA FAMILIAR en su lugar trabajo. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas; esta Jueza pasa a determinar de conformidad con el artículo 08 de la Ley Orgánica Para a Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, principio de la doctrina de protección integral y el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. En consecuencia se DECRETA el presente JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, a favor del niño de TRES (03) años de edad, NACIDO EN FECHA 04/09/2012, por lo que se ordena expedir copias certificadas del presente auto a la parte interesada. Ofíciese lo conducente a la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DEL CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO, a los fines de informar que el niño de TRES (03) años de edad, NACIDO EN FECHA 04/09/2012, es CARGA FAMILIAR de la ciudadana FRANCYS AISKEL ECHARRY JACKSON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.577.088, quien labora en esa institución antes señalada. Líbrese oficio. Se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza,


Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria,