REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas
Maiquetía, dieciséis (16) de diciembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO : WP12-S-2015-002024
SOLICITANTE: MARIBEL FLORES ESCOBAR
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana MARIBEL FLORES ESCOBAR, actuando en su propio nombre y en representación de su madre FELICITAS ESCOBAR DE FLORES y de sus hermanos MARICELA FLORES DE ACOSTA y CARLOS ALBERTO FLORES ESCOBAR, mediante la cual solicitó se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de cujus: MARCELO FIDEL FLORES ESCOBAR, quien falleció en fecha 11/09/2015, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-1.862.810. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas, se evidencia que cursa a los autos los siguientes documentos: Copia certificada del Acta de Matrimonio contraído entre el de Cujus: MARCELO FIDEL FLORES ESCOBAR y la ciudadana FELICITAS ESCOBAR DE FLORES, Copias certificadas de las Actas de Nacimientos de los ciudadanos MARIBEL FLORES ESCOBAR, MARICELA FLORES ESCOBAR y CARLOS ALBERTO FLORES ESCOBAR, Copia certificada del Acta de Defunción del finado MARCELO FIDEL ESCOBAR, y copias fotostáticas de las cedulas de identidad del causante y de sus herederos, cuyos contenidos se adminiculan a las declaraciones de las testigos presentadas por la peticionante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento del causante y su filiación con los solicitantes como esposa e hijos. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los ciudadanos; FELICITAS ESCOBAR DE FLORES, MARIBEL FLORES ESCOBAR, MARICELA FLORES DE ACOSTA y CARLOS ALBERTO FLORES ESCOBAR, como herederos del causante MARCELO FIDEL FLORES ESCOBAR, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos; FELICITAS ESCOBAR DE FLORES, MARIBEL FLORES ESCOBAR, MARICELA FLORES DE ACOSTA y CARLOS ALBERTO FLORES ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-1.720.947, V-9.996.080, V-6.490.056, V-6.490.055 y V-5.574.556, respectivamente, con respecto del de cujus: MARCELO FIDEL FLORES ESCOBAR, quien falleció en fecha 11/09/2015, y quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-1.862.810, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil quince (2015). AÑOS. 205° de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,
PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las02:39pm, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO/
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