REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas
Maiquetía, tres de diciembre de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO : WN11-S-2012-000113
SOLICITANTE: YORMELIN EVA SISO.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana YORMELIN EVA SISO, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre unas bienhechurías, edificadas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno de propiedad Municipal, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en la Torre Sector el Tanque, bajada a Macutico, casa s/n, Jurisdicción de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas, tal como se evidencia del Certificado de Existencia de Bienhechurías N° DCM-CEB-0280-2015, de fecha 02/06/2015, este órgano jurisdiccional considera que: Vistas las probanzas aportadas y analizadas, donde se constata que el terreno sobre el que fueron construidas las mejoras de bienhechurías objeto de la solicitud no pertenece al Municipio desconociéndose su propietario, en cuyo caso no podrá registrarse sin la autorización expresa de a quien corresponda la propiedad, así como la existencia de dichas bienhechurías lo cual se desprende de las declaraciones de testigos quienes fueron contestes al afirmar lo alegado por la solicitante, consistentes en una casa cuyas formas de construcción, linderos y medidas constan en autos, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: YORMELIN EVA SISO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-11.064.895, sobre las bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los tres (03) días del mes de diciembre del año dos mil quince (2015). AÑOS. 205° de la Independencia y la Federación.
EL JUEZ,

DR. PEDRO LUIS FERMIN


LA SECRETARIA,

ABG. DENICE PINTO


En la misma fecha siendo las 02:52 horas de la tarde, se publicó y registro la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,

ABG. DENICE PINTO
PLF/DP/MALYURI