REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VE NEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, dieciséis (17) de diciembre de dos mil quince (2015).
205º y 156º
SOLICITUD: WP12-S-2015-001755
Vista la anterior solicitud de Separación de Cuerpos y los recaudos acompañados, presentada por los ciudadanos; MARIANYELY DEL VALLE DELGADO NODA y RAMON ANTONIO VILLALOBOS LEON, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números V-16.523.396 y V-16.105.433, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio ROOMER A. ROJAS LA SALVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°51.438, este Tribunal por cuanto la presente solicitud no es contraria al orden público, y a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite en cuanto ha lugar en derecho. Asimismo, éste Tribunal decreta formalmente la SEPARACION DE CUERPOS, de los ciudadanos; MARIANYELY DEL VALLE DELGADO NODA y RAMON ANTONIO VILLALOBOS LEON, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números V-16.523.396 y V-16.105.433, respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos en el escrito de solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero. De igual forma de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Civil, se ordena notificar al Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para imponerla de la presente solicitud. Expídase por Secretaría copia certificada del escrito solicitud y con la respectiva boleta, entréguese a la oficina de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Civil para que practique la notificación, una vez que los interesados suministren por secretaría los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
EL JUEZ

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA


Abg. MARY ANGIE MARIN GARCIA
WSM/MAMG/ll