REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
San Cristóbal, 14 de Enero de 2015
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-012506
ASUNTO : SP21-P-2012-012506
Vista la solicitud formulada por la defensora pública LUISA SANCHEZ, en su condición de defensor del acusado JUAN PABLO MONSALVE, en donde solicita que su defendido sea trasladado al Centro Penitenciario de Occidente II,
Previamente, es necesario establecer que este Tribunal somete su actividad al ejercicio jurisdiccional dentro del marco de la ley y el derecho, con el respeto debido a las garantías y a los derechos de los ciudadanos, y en acatamiento a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y a las sentencias vinculantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en los artículos 7 y 335 del texto constitucional.
Es necesario considerar la función del Tribunal de Juicio, como garante de la constitucionalidad y de la ley en la fase juicio oral del proceso penal establecido en Venezuela, debiendo acreditar ante todo la fiel observancia de los principios pro humanitas que infunden el paradigma del Estado Social, democrático, de derecho y de justicia, en la visión moderna de la aplicación de la justicia, mediante la tutela real y efectiva de los derechos de todos, sin privilegios y en igualdad de condiciones.
Al revisar la presente causa, se observa, que en fecha 21-04-2014 se publicó el texto íntegro de la sentencia condenatoria en contra del acusado de autos, y hasta la presente fecha ha sido imposible notificarlo de la misma, no obstante de que el Tribunal ha librado las correspondientes boletas de traslado y no se han materializado la misma, desconociendo las causas por las cuales no se traslada al acusado. Asimismo, se han librado varios oficios solicitando al Ministerio del Poder Popular para asuntos Penitenciarios y a la Presidencia del circuito Judicial Penal del Estado Táchira, la intermediación para que se materialice el traslado del acusado hasta la sede del Tribunal y no se ha logrado el mismo.
Ahora bien, no puede esta juzgadora ordenar el traslado del acusado al Centro Penitenciario de Occidente II, por cuanto en los actuales momentos el Ministerio del Poder Popular para asuntos Penitenciarios se encuentra reorganizando los distintos centros penitenciarios con la finalidad de dignificar la vida de los privados de libertad, por lo tanto niega el cambio de reclusión del acusado. Asimismo, es necesario dejar sentado que continúa este Tribunal realizando las gestiones necesarias como lo son la expedición de la boleta de traslado al Centro Penitenciario donde se encuentra el acusado, oficiando Ministerio del Poder Popular para asuntos Penitenciarios y a la Presidencia del circuito Judicial Penal del Estado Táchira, la intermediación para que se materialice el traslado del acusado, para darle el trámite procesal correspondiente al escrito de apelación presentado por la defensa del acusado. Asimismo, este Tribunal insta a la Defensora Pública LUISA SANCHEZ, a que en aras de salvarguardar los derechos de su representado lo cual es su deber, acuda también ante el Ministerio del Poder Popular para asuntos Penitenciarios, y solicite que se materialice el traslado del acusado JUAN PABLO MONSALVE.
En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA sin lugar la solicitud realizada por la abogada LUISA SANCHEZ, en donde solicita el cambio de reclusión del acusado JUAN PABLO MONSALVE.
SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
ABG. LUZ DARY MORENO ACOSTA
JUEZA CUARTA DE JUICIO
ABG. MARIA DEL VALLE TORRES
SECRETARIA