REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, doce (12) de enero del año dos mil quince (2015)
204º y 155º
ASUNTO: WP11-L-2012-000308
Visto como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada a la sentencia dictada en fecha doce (12) de diciembre del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Primero de Segunda Instancia de esta Circunscripción Judicial y vencido como se encuentra el lapso para que la parte demandada diera cumplimiento voluntario a la misma; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Procede a la Ejecución Forzosa. Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo en consecuencia si recae sobre bienes propiedad de la parte demandada, el embargo será por la cantidad de: YANET MATA, CIENTO VEINTINUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y UN BOLIVAR CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS, (Bs. 129.151,84) que comprende el doble de la suma condenada, es decir, SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (BS. 64.575,92); En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (BS. 64.575,92); Para YEREMY SANZONETTY, si recae sobre bienes propiedad de la parte demandada, el embargo será por la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (BS. 58.262,92) que comprende el doble de la suma condenada, es decir, VEINTINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y UN BOLIVAR CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 29.131,46); En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de VEINTINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y UN BOLIVAR CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 29.131,46).
YANET MATA
CALCULO PARA LA EJECUCIÓN FORZOSA BIENES MUEBLES E INMUEBLES CANTIDADES LÍQUIDAS DE DINERO
MONTO CONDENADO 64.575,92 64.575,92 MONTO CONDENADO
DOBLE DEL MONTO CONDENADO 129.151,84
64.575,92 TOTAL A EMBARGAR
TOTAL A EMBARGAR 129.151,84
YEREMY SANZONETTY
CALCULO PARA LA EJECUCIÓN FORZOSA BIENES MUEBLES E INMUEBLES CANTIDADES LÍQUIDAS DE DINERO
MONTO CONDENADO 29.131,46 29.131,46 MONTO CONDENADO
DOBLE DEL MONTO CONDENADO 58.262,92
29.131,46 TOTAL A EMBARGAR
TOTAL A EMBARGAR 58.262,92
Este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida el día JUEVES DOCE (12) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (2015) A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA (09:30 A.M.). Cúmplase.
LA JUEZ
Dra. GIOCONDA CACIQUE
SECRETARIO
Abg. RAMÓN SANDOVAL
Partes: YANET MATA, YEREMY SANZONETTY vs. P.B.A ASOCIACION CIVIL PARQUEMAR.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
WP11-L-2012-000308
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