REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, Doce (12) de Enero del 2015
204° y 155°
EXPEDIENTE No. 025-14
En el día de hoy 12 de enero del 2015, siendo las 10:00 de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar la audiencia Oral prevista en el articulo 123 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, por el ciudadano Alguacil, dejándose constancia de la comparecencia de la parte actora ciudadana LUZ MARINA GUERRERO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-22.644.283 representada en este acto por el ABOGADO JOSÉ REMIGIO PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.153 y por otro lado la parte demandada, ciudadana JEANETH SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.146.731, representada por la Defensora Publica con competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la defensa del derecho a la vivienda ABOGADO YAQUELINE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.304.041. Se deja expresa constancia que de conformidad con lo pautado en el artículo 122 ejusdem, este Juzgado posee la imposibilidad de reproducir audiovisualmente la audiencia, en tal sentido se procede a realizar la misma omitiendo los medio de reproducción resguardando en todo momento los principios generales de rango Constitucional, como lo son el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa que poseen ambas partes. Se abrió la audiencia oral presidida por el Juez Titular FELIX ANTONIO MATOS y se constituyó en la Sala de Despacho, se procedió a dar inicio a la audiencia fijada en el juicio que por DESALOJO, que interpusiera la ciudadana LUZ MARINA GUERRERO PEÑA contra la ciudadana JEANETH SANCHEZ. Seguidamente el Juez le comunico a las partes el tiempo de que disponían para efectuar sus exposiciones, concediéndosele el derecho de palabra a la parte demandante, LUZ MARINA GUERRERO PEÑA. Seguidamente la demandada ciudadana, JEANETH SANCHEZ, ante de que exponga la parte demandante, solicito se me conceda primero el derecho de palabra, lo que fue acordado por el ciudadano Juez, quien inmediatamente expuso: Manifiesto a la parte demandante que convengo en la demanda en todas y cada una de sus partes y le solicito muy respetuosamente me conceda un plazo de Dos (02) años para hacerle entrega del inmueble totalmente desocupado, libre de personas y bienes, comprometiéndome a entregarlo en buenas condiciones de conservación y mantenimiento, solvente de todos los servicios públicos. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte demandante, LUZ MARINA GUERRERO PEÑA, quien expuso: Le concedo a la ciudadana Jeaneth Sánchez, un lapso de Dieciocho (18) meses para que me entregue el inmueble totalmente desocupado, libre de personas y bienes, en buenas condiciones de conservación y mantenimiento, solvente de todos los servicios públicos, debiendo pagar la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.1200,00) mensuales, por la ocupación del mismo y por el plazo que aquí le otorgo, debiendo depositar dicha suma de dinero los primeros cinco (05) de cada mes, en la Cuenta de ahorros No. 01080358650200345484, Banco Provincial, cuya titular es la ciudadana Luz Marisol Torres Oliveros: Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la parte demandada ciudadana, JEANETH SANCHEZ, quien expuso: Acepto el plazo otorgado por la parte demandante y me comprometo a pagar la suma de Mil Doscientos Bolívares (Bs.1200,00) mensuales depositándola en la entidad bancaria aquí señalada. Ambas partes manifiestan que con lo aquí acordado, dan por terminado el presente juicio, solicitando su homologación, dándole el carácter de Sentencia con autoridad de Cosa Juzgada, así mismo solicitamos se nos conceda copia certificada de la presente acta y el auto que la homologue No siendo más, el ciudadano Juez, da por terminada la Audiencia a las 11:45 de la mañana.
ABOGADO FELIX ANTONIO MATOS
JUEZ TITULAR
LUZ MARINA GUERRERO PEÑA
PARTE DEMANDANTE
ABOGADO JOSÉ REMIGIO PEÑA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
JEANETH SANCHEZ
PARTE DEMANDADA
ABOGADO YAQUELINE RODRIGUEZ
DEFENSORA PÚBLICA DE LA PARTE DEMANDADA
ABOGADO CARMEN MORENO PÉREZ
SECRETARIA